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Lun, Jul

Junta Central Electoral suspende temporalmente normativa sobre divulgación de sondeos electorales

Nacionales
La Junta Central Electoral (JCE) ha pospuesto la aplicación de su reglamento que impedía la publicación de encuestas antes de la precampaña. Esta medida se mantendrá vigente mientras el Tribunal Superior Electoral (TSE) evalúa las impugnaciones legales presentadas contra dicha disposición. La decisión afecta la normativa que entró en vigor el 22 de mayo, la cual ha sido cuestionada por diversas entidades.

La Junta Central Electoral (JCE), con sede en Santo Domingo, ha dejado sin efecto, por un tiempo limitado, la aplicación de la regulación que prohibía la difusión de estudios de opinión con fines electorales antes del comienzo del período de precampaña. Esta suspensión se mantendrá hasta que el Tribunal Superior Electoral (TSE) tome una resolución sobre las acciones legales presentadas en contra de esta disposición.

La determinación, aprobada por el pleno del organismo electoral y refrendada por la Secretaría General el 18 de junio, detiene la implementación de la normativa que había comenzado a regir el 22 de mayo, a la espera del dictamen del TSE sobre los recursos interpuestos por diferentes sectores.

Entre las impugnaciones se encuentra la presentada por Participación Ciudadana (PC), cuya dirección general solicitó la eliminación de la restricción para llevar a cabo investigaciones de opinión fuera de los lapsos oficiales de precampaña y campaña electoral. De igual modo, el presidente de ACD Media, Danny Alcántara, pidió a la JCE revisar el reglamento, argumentando que vulnera preceptos de la Constitución y excede las atribuciones conferidas al ente electoral por las leyes 20-23 del Régimen Electoral y 33-18 de Partidos, Agrupaciones y Movimientos Políticos.

A pesar de la interrupción del reglamento, la JCE recordó que las agrupaciones políticas tienen la facultad de contratar estudios de opinión con propósitos electorales para uso interno antes del inicio de la precampaña y la campaña. Sin embargo, estas mediciones no podrán ser hechas públicas antes del primer domingo de julio de 2027.

El organismo advirtió que la revelación de estos análisis fuera del plazo permitido podría acarrear medidas precautorias o sanciones administrativas contra los partidos, aspirantes o compañías encuestadoras implicadas.

El reglamento establece que las empresas de sondeos que incumplan las disposiciones podrían enfrentar la suspensión temporal de su registro, con una duración de seis meses a un año, la cancelación definitiva en caso de reincidencia, y otras penalizaciones contempladas en la legislación electoral. Asimismo, las compañías deberán notificar a la JCE con al menos ocho días de anticipación la ejecución de encuestas durante el proceso electoral. El incumplimiento podría resultar en multas que oscilan entre uno y 200 salarios mínimos. La normativa también estipula que las firmas registradas deben mantener su documentación al día anualmente. De no hacerlo, perderían su habilitación para efectuar estudios con propósitos electorales.