Un decreto presidencial de 2019 delineaba el marco para la inspección técnica vehicular (ITV) en la República Dominicana, buscando asegurar la seguridad vial y la protección ambiental. El reglamento establecía los requisitos para la aprobación de vehículos y la periodicidad de las revisiones, aplicando a la mayoría de los vehículos motorizados en el país. La Asociación de Concesionarios de Fabricantes de Vehículos (ACOFAVE) ha instado al gobierno a acelerar su implementación, destacando sus beneficios en la reducción de accidentes y la mejora de la salud pública.
El Decreto 5-19, que fue emitido en su momento por el entonces presidente Danilo Medina, establecía el Reglamento de la revisión técnica vehicular (ITV). Su propósito era definir las directrices para verificar el funcionamiento adecuado de los automóviles que circulan por las calles de la República Dominicana, en conformidad con las regulaciones de seguridad vial y la salvaguarda del medio ambiente.
Dicho decreto fijaba los criterios y las condiciones que debían cumplir los vehículos motorizados para superar su verificación técnica, según lo estipulado en la Normativa Técnica sobre las Condiciones Vehiculares Obligatorias para la Circulación.
Conforme a lo establecido en el decreto, la ITV se aplicaría a todos los vehículos inscritos en el Registro Nacional de Vehículos de Motor de la República Dominicana, incluyendo aquellos que pertenecen a entidades gubernamentales, sin importar su clasificación o el uso que se les diera.
Estarían exentos de realizar la ITV los vehículos que no fueran empleados en las vías públicas y que, por consiguiente, hubieran sido dados de baja del Registro Nacional de Vehículos de Motor de la República Dominicana mediante una solicitud presentada ante el Instituto Nacional de Tránsito y Transporte Terrestre (INTRANT).
Respecto a este asunto, la Asociación de Concesionarios de Fabricantes de Vehículos (ACOFAVE) comunicó que insta al Gobierno a acelerar los plazos de organización y licitación de la ITV, a través de un calendario público con metas verificables.
“Es necesario reforzar el control del transporte de carga y de pasajeros, con estándares técnicos uniformes en todo el país, en conjunto con la inspección de la ITV y en cumplimiento de lo establecido en el Decreto 258-20, emitido por Luis Abinader, sobre el transporte de cargas, que aún está pendiente de aplicación en el país”, señala ACOFAVE.
La organización también propuso mantener la coordinación intersectorial que se inició con el Pacto Nacional por la Seguridad Vial, anunciado por Luis Abinader.
La asociación planteó la necesidad de divulgar el calendario de acciones que surjan de las mesas técnicas realizadas para la formulación del Plan Nacional de Seguridad Vial 2025-2030, conforme al Decreto 656-24, con el objetivo de empezar a disminuir las fatalidades por accidentes de tráfico en la nación.
TARJETA DE ITV Y NUEVO MARBETE
El decreto promulgado por Danilo Medina estipulaba que todos los vehículos tendrían, como documento de presentación obligatoria, una Tarjeta de ITV, en la cual se registrarían los datos de identificación del vehículo, las fechas de las inspecciones efectuadas, la fecha de la próxima revisión y cualquier otra información que el reglamento determinara.
Asimismo, contemplaba la emisión de un nuevo marbete para certificar que el vehículo había obtenido un resultado favorable en la inspección técnica.
“Este marbete será de obligatoria exhibición para la renovación de las matrículas de los vehículos de motor. Ningún vehículo podrá circular sin su correspondiente marbete”, indica el decreto.
Añade que las estaciones autorizadas para llevar a cabo la ITV colocarían directamente el marbete en el vehículo que ha sido inspeccionado.
En cuanto a las estaciones de inspección, ACOFAVE sostuvo que la ITV debe ser realizada por una entidad independiente, sin conflictos de intereses, con trayectoria internacional en este tipo de revisiones y sin conexiones con concesionarios ni talleres, con el fin de asegurar la transparencia, la credibilidad y la capacidad técnica y mecánica que el proceso exige.
“Las estaciones de ITV no deben estar vinculadas a empresas o entidades locales que representen un conflicto de interés. Nuestro país no puede permitirse el lujo de más improvisaciones”, agregó.
La asociación también reflexionó sobre las consecuencias de seguir posponiendo la implementación de la ITV y afirmó que esto implica la pérdida de más de 3,000 vidas anualmente, el aumento de los gastos del sistema de salud pública y un incremento en la contaminación ambiental.
PERIODICIDAD DE LA INSPECCIÓN TÉCNICA VEHICULAR
El Decreto 5-19 establecía la siguiente frecuencia para la inspección técnica, conforme al tipo y la antigüedad del vehículo:
VEHÍCULOS LIVIANOS PARA TRANSPORTE DE PERSONAS Y USO PRIVADO
Hasta tres años: exentos.
Más de tres años: inspección anual.
VEHÍCULOS LIVIANOS DE ALQUILER PARA TRANSPORTE DE PERSONAS
Hasta tres años: exentos.
Más de tres y hasta nueve años: anual.
Más de nueve años: semestral.
VEHÍCULOS LIVIANOS PARA TRANSPORTE PÚBLICO DE PASAJEROS
Hasta cuatro años: bienal.
Más de cuatro y hasta ocho años: anual.
Más de ocho años: semestral.
MICROBUSES DE CINCO A VEINTE PASAJEROS
Hasta cuatro años: anual.
Más de cuatro años: semestral.
MINIBUSES DE VEINTIUNO A TREINTA Y SEIS PASAJEROS
Hasta tres años: anual.
Más de tres años: semestral.
AUTOBUSES DE TREINTA Y SIETE PASAJEROS EN ADELANTE
Hasta tres años: anual.
Más de tres años: semestral.
VEHÍCULOS PESADOS DE CARGA
Hasta diez años: anual.
Más de diez años: semestral.
MOTOCICLETAS, TRICICLOS Y CUADRICICLOS
Hasta tres años: exentos.
Más de tres años: anual.
CARAVANAS REMOLCADAS
Hasta tres años: exentas.
Más de tres y hasta nueve años: bienal.
Más de nueve años: anual.
Tractores agrícolas, maquinaria agrícola autopropulsada, remolques agrícolas y otros vehículos agrícolas especiales, excepto motocultores
Hasta diez años: exentos.