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Vie, Jul

Obligaciones Fiscales en Herencias sin Repartir: Lo que Hacienda Considera Propiedad desde el Primer Día

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Cuando una herencia no se ha formalizado, muchos herederos creen que los bienes no tienen dueño fiscalmente, pero esta percepción es errónea. Expertos fiscales advierten que, desde el fallecimiento del causante, los herederos son considerados copropietarios y, por lo tanto, responsables de las obligaciones tributarias sobre dichos bienes, independientemente de si la herencia ha sido repartida o no. Este error común puede generar serios problemas con Hacienda.

Tres hermanos heredan dos pisos de sus padres. Uno de ellos está arrendado a inquilinos que cumplen con sus pagos mensuales. A pesar de esto, los hermanos no logran acordar el reparto de la herencia. Nadie cede, nadie firma, y la situación se prolonga por años. Los pisos continúan alquilados, pero ninguno de los hermanos los ha adjudicado. Mensualmente, aportan una cantidad de dinero que no declaran a Hacienda, bajo el argumento de que, al no haberse repartido la herencia, los bienes "no son de nadie".

Este razonamiento tiene un grave error: para Hacienda, esos pisos sí tienen dueño. Son propiedad de los tres hermanos simultáneamente, desde el momento del fallecimiento de sus padres, aunque la herencia no se haya resuelto legalmente. Así lo confirman Alina Dragos y Aitor Fernández, asesores fiscales de TaxDown, quienes observan este error con frecuencia entre sus clientes.

Copropietarios antes de firmar nada

Alina Dragos explica que, al fallecer una persona, sus bienes no quedan sin dueño ni por un solo día. La ley distribuye la propiedad entre los herederos desde el primer instante, incluso si aún no han firmado ni aceptado formalmente nada. Dragos aclara que, para Hacienda, se es un "posible heredero de esta herencia que está yaciendo".

Esto implica que, en el caso de tres hermanos, cada uno asume "de forma temporal" un tercio de cada bien que compone la herencia y se hace cargo de sus costes fiscales de manera solidaria hasta que se realice la adjudicación definitiva. La obligación fiscal existe sin necesidad de que haya un reparto. Dragos señala que "cada uno tiene que incluir el inmueble por un tercio en la declaración". Lo mismo aplica a cualquier renta que genere el inmueble; si es un piso alquilado, cada heredero tributará por el porcentaje correspondiente del beneficio obtenido.

Qué es una herencia yacente

Aunque el nombre suene peculiar, el concepto de herencia yacente es sencillo. Se refiere al lapso de tiempo entre el fallecimiento de una persona y la aceptación formal de la herencia por parte de sus herederos. Durante este periodo, el patrimonio existe con sus deudas y derechos, pero aún no tiene un dueño único y definido. Según Vilches Abogados, este periodo puede extenderse desde semanas hasta 30 años, dependiendo de la celeridad de los herederos para resolver la herencia. Mientras tanto, la propiedad sigue generando ingresos, y alguien debe responder por ellos ante Hacienda. Para ello, Hacienda asigna un NIF propio a la herencia, del cual serán responsables solidarios los herederos designados hasta su aceptación.

Por qué la obligación nace con la muerte, no con el reparto

La ley establece un plazo de seis meses desde el fallecimiento para liquidar el Impuesto de Sucesiones, haya o no reparto entre los hermanos. Aitor Fernández enfatiza que "hay que liquidar el Impuesto de Sucesiones que tienen seis meses", sin importar lo que ocurra entre los herederos. Y no es solo este impuesto; el resto de las obligaciones de los herederos sobre ese patrimonio comienzan a correr desde el mismo día. Hasta que no se realice el reparto, sigue siendo "un porcentaje de cada uno de ese inmueble". El hecho de que el papeleo tarde años en resolverse no implica que la herencia entre en un limbo sin dueño. Todos son dueños hasta que acuerden los porcentajes finales del reparto y, como tales, deben cumplir con las obligaciones fiscales de los bienes de la herencia desde el primer día.

Qué pasa con alquileres, rentas e inversiones mientras tanto

Si el piso heredado está alquilado o genera algún tipo de ingreso, cada heredero debe declarar su parte del alquiler. Es irrelevante si el dinero se ingresa en una sola cuenta o si solo uno de los herederos lo recibe. Esta obligación no se limita a los bienes inmuebles, sino que también aplica a los dividendos de acciones o intereses que formaban parte del patrimonio del fallecido. Según la Agencia Tributaria, estos bienes pertenecen a los herederos desde el primer día, se hayan repartido o no.

Dejar el piso vacío tampoco te libra de Hacienda

A menudo se ejemplifican las obligaciones fiscales con bienes alquilados que generan ingresos antes de la aceptación de la herencia. Sin embargo, las obligaciones fiscales persisten incluso cuando la propiedad no genera beneficios adicionales y nadie la habita. Hacienda asume que podría generar ingresos, lo que se conoce como imputación de rentas. En este caso, se aplica un valor del 2% del valor catastral, o del 1,1% si el valor ha sido revisado en los últimos diez años. Este porcentaje se paga simplemente por tener una vivienda vacía a nombre de una persona o de varios herederos, como ocurre en una herencia sin repartir.

Una vez que se llega al reparto definitivo de la herencia, cada heredero declarará el porcentaje final que le corresponda. Lo que antes se dividía a partes iguales entre todos, ahora recaerá únicamente en quien se quede con cada bien.