La Superintendencia de Bancos (SB) ha introducido un nuevo procedimiento que permite a las entidades financieras solicitar la exención de obligaciones de información regulatoria que no se ajusten a sus operaciones. Esta iniciativa busca optimizar el cumplimiento, reducir tareas operativas superfluas y enfocar los esfuerzos de las entidades supervisadas en los requisitos pertinentes. La medida forma parte de la Estrategia de Simplificación, Modernización y Autogestión del Cumplimiento Regulatorio (SIMA).
La Superintendencia de Bancos (SB) ha establecido un procedimiento por el cual las organizaciones de intermediación financiera, los intermediarios cambiarios y las fiduciarias pueden pedir una evaluación para la desactivación de responsabilidades vinculadas a las exigencias de información regulatoria que no sean pertinentes para la índole de sus actividades. Esta medida forma parte de la Estrategia de Simplificación, Modernización y Autogestión del Cumplimiento Regulatorio (SIMA), una iniciativa promovida por la SB para fortalecer la eficacia del cumplimiento normativo, disminuir cargas operativas innecesarias y concentrar los esfuerzos de las entidades supervisadas en aquellas responsabilidades que verdaderamente les correspondan.
La disposición, detallada en la Circular SB: CSB-REG-2026000016, establece un procedimiento formal de evaluación basado en riesgos para determinar la viabilidad de las solicitudes de inactivación y posterior reactivación de las exigencias de información. La SB explicó que, bajo el esquema operativo hasta ahora, las entidades deben enviar todos los informes estipulados en la normativa aplicable, incluso cuando no generen datos para un lapso específico, mediante la remisión de archivos vacíos o la carga de documentos en blanco.
“Aunque este sistema ha contribuido a fortalecer los controles de cumplimiento, también representa una carga operativa para entidades cuya naturaleza o modelo de negocio hace que ciertas responsabilidades resulten permanentemente inaplicables”, declaró el organismo supervisor. Con la nueva disposición, las entidades podrán identificar aquellos requisitos que no guarden relación con las operaciones que realizan y solicitar formalmente su evaluación para una posible inactivación.
La Superintendencia analizará cada caso y determinará si procede la exclusión de la obligación correspondiente, resguardando en todo momento la calidad, oportunidad y trazabilidad de los datos necesarios para las tareas de supervisión. La institución subrayó que la simplificación de la presentación de informes regulatorios está en línea con los objetivos impulsados por el programa Burocracia Cero, una de las iniciativas emblemáticas vinculadas a la agenda de transformación del Estado y a la Meta 2036, orientada a elevar la productividad y la eficiencia institucional.
Asimismo, recordó que toda responsabilidad que permanezca activa deberá seguir cumpliéndose conforme a los plazos y condiciones establecidos en la normativa vigente, aun cuando no existan operaciones que informar.