La Audiencia Provincial de Madrid ha confirmado que Begoña Gómez, cónyuge del presidente del Gobierno español, Pedro Sánchez, enfrentará un juicio con jurado popular por supuestos delitos de tráfico de influencias y malversación. Esta resolución avala la decisión inicial del juez instructor y establece que nueve ciudadanos decidirán sobre su responsabilidad. Además, se desestimaron otras acusaciones previas en su contra.
La Audiencia Provincial de Madrid ha confirmado que Begoña Gómez, esposa del presidente del Gobierno español, Pedro Sánchez, será juzgada por un tribunal de jurado popular debido a presuntos delitos de tráfico de influencias y malversación. Esta decisión respalda lo previamente establecido por el juez instructor Juan Carlos Peinado.
La resolución, emitida por el pleno de la Sección 23 de la Audiencia, determina que el proceso seguirá el procedimiento diseñado para el Tribunal del Jurado. Esto significa que un panel compuesto por nueve residentes de la Comunidad de Madrid será el encargado de emitir un veredicto sobre la culpabilidad o inocencia de Gómez. Sin embargo, el tribunal desestimó que la cónyuge del jefe del Ejecutivo sea enjuiciada por delitos de apropiación indebida y corrupción en los negocios, al considerar que no existen motivos para mantener tales acusaciones. A pesar de esto, la persistencia de los supuestos delitos de tráfico de influencias y malversación asegura la competencia del jurado ciudadano.
En la misma resolución, la Audiencia confirmó que Cristina Álvarez, asistente de Begoña Gómez, también será procesada por un presunto delito de malversación de fondos públicos, exclusivamente en relación con la supuesta desviación de un software. En su caso, se descartó la acusación por tráfico de influencias. Asimismo, el tribunal decidió archivar la acusación por presunta corrupción en los negocios para todos los implicados.
La Audiencia también resolvió separar del procedimiento ante el Tribunal del Jurado al empresario Juan Carlos Barrabés Cónsul. Su investigación proseguirá mediante el procedimiento abreviado para determinar la legalidad de las adjudicaciones de contratos públicos que están bajo escrutinio.
Por otra parte, la Sala dejó sin efecto las medidas cautelares personales que recaían sobre Begoña Gómez y Cristina Álvarez. Estas incluían la prohibición de salir de España, la entrega del pasaporte y la obligación de presentarse periódicamente ante la autoridad judicial. No obstante, ambas deberán permanecer localizables mientras el proceso judicial continúe.