El Ministerio Público ha interpuesto un recurso de apelación contra la decisión de un tribunal de Puerto Plata que, a pesar de declarar a Wander Samuel Franco Aybar penalmente responsable por abuso sexual y psicológico, le concedió un perdón judicial. La institución argumenta que esta medida no concuerda con la gravedad de los daños ocasionados a la víctima y a la sociedad, solicitando a la Corte de Apelación que revoque dicha exención de pena.
El Ministerio Público ha presentado formalmente un recurso de apelación contra la resolución de un tribunal en Puerto Plata. Dicha resolución, aunque en un nuevo juicio encontró a Wander Samuel Franco Aybar responsable de abuso sexual y psicológico contra una adolescente, simultáneamente le concedió un perdón judicial que, según la fiscalía, no se alinea con los perjuicios infligidos a la víctima ni a la colectividad.
El recurso fue dirigido de manera parcial contra la Sentencia Penal número 272-02-2026-SSEN-00149, emitida por el Tribunal Colegiado Ad Hoc del Distrito Judicial de Puerto Plata. Este tribunal estuvo compuesto por los jueces José Ramón Núñez, quien fungió como presidente, Jenny Amarilis Martínez y Praire Ruiz, designados para llevar a cabo el nuevo juicio dispuesto en diciembre pasado por la Corte de Apelación del Departamento Judicial de Puerto Plata.
La sentencia condena a la progenitora de la adolescente a cumplir una pena de diez años de prisión en el Centro de Corrección y Rehabilitación (CCR) Rafey Mujeres, en Santiago, por explotación sexual comercial y lavado de activos. Esta decisión no fue objeto de recurso.
La apelación fue interpuesta por la Procuraduría Especializada Antilavado de Activos y Financiamiento del Terrorismo y la Fiscalía de Puerto Plata. Estuvieron representados por los magistrados Ramona Nova Cabrera, Kelmi Ricardo Duncan Torres, Claudio Alberto Cordero Jiménez, José Martínez Montán y Olga Diná. Ellos sostienen que la determinación impugnada incurre en una aplicación incorrecta de la legislación, menoscaba principios esenciales del proceso penal y resulta incompatible con la seriedad de los hechos comprobados por el propio tribunal.
“Las resoluciones judiciales deben mantener congruencia con los hechos demostrados, la tipificación jurídica establecida y el marco legal aplicable. La lucha contra la explotación de menores y el blanqueo de capitales exige respuestas compatibles con los principios de legalidad y justicia”, señalaron los representantes del Ministerio Público.
En su recurso, el Ministerio Público pide a la Corte de Apelación que anule la decisión que eximió de castigo a Wander Franco. Esto se da después de que la sentencia estableciera su responsabilidad penal por infringir las disposiciones del artículo 396, literales b y c, del Código para la Protección y los Derechos Fundamentales de Niños, Niñas y Adolescentes (Ley 136-03), referentes al abuso sexual y psicológico en perjuicio de una persona menor de edad.
El Ministerio Público argumenta que la aplicación del perdón judicial a favor de Wander Samuel Franco Aybar constituye una interpretación errónea y expansiva de una figura jurídica concebida por el legislador para circunstancias excepcionales que no se presentan en el caso actual.
Los fiscales recurrentes afirman que la propia sentencia estableció la responsabilidad penal del acusado por abuso sexual y psicológico contra una adolescente. Por lo tanto, la exención total de la pena resulta inconsistente con la naturaleza, gravedad y el impacto social de los sucesos juzgados.
A juicio del órgano acusador, la determinación se desvía de los requisitos legales que rigen el perdón judicial, debilita los objetivos de prevención y sanción del derecho penal y transmite un mensaje contrario a la protección reforzada que el ordenamiento jurídico dominicano otorga a los niños, niñas y adolescentes.
El proceso se originó a partir de una investigación que condujo a acusaciones por hechos relacionados con abuso sexual, abuso psicológico y explotación de una persona menor de edad, así como operaciones vinculadas al lavado de activos.
Con la presentación de este recurso, el Ministerio Público busca que la Corte de Apelación revise exhaustivamente los puntos impugnados y emita una resolución conforme a la Constitución, la ley y la protección efectiva de los derechos fundamentales de las víctimas.