15
Mar, Sep

Atribuciones y Límites de la DIGESETT: Lo que Establece la Ley 63-17 para Conductores

Nacionales
La Dirección General de Seguridad de Tránsito y Transporte Terrestre (DIGESETT) posee facultades para fiscalizar vehículos, pero estas tienen límites claros. La Ley 63-17 sobre Movilidad, Transporte Terrestre, Tránsito y Seguridad Vial detalla cuándo un agente puede detener, solicitar documentos o multar, así como las garantías que deben respetarse. Comprender estas normativas es esencial para evitar conflictos y asegurar el cumplimiento de la ley.

La detención de un automóvil para su inspección es una de las competencias más conocidas de la Dirección General de Seguridad de Tránsito y Transporte Terrestre (DIGESETT), aunque también genera muchas interrogantes entre quienes conducen. ¿Puede un oficial detener cualquier vehículo? ¿Tiene el chofer la obligación de mostrar sus credenciales? ¿En qué circunstancias se puede aplicar una sanción o llevarse un automóvil con grúa? La respuesta se encuentra en la Ley 63-17, la cual aborda la Movilidad, el Transporte Terrestre, el Tránsito y la Seguridad Vial, y que define tanto las responsabilidades de la DIGESETT como las restricciones para el accionar de sus miembros. Esta legislación no solo especifica las acciones permitidas durante una fiscalización, sino que también establece las salvaguardias que deben observarse para proteger los derechos de los ciudadanos. Estar al tanto de estas normativas ayuda a prevenir disputas en las vías públicas y permite discernir cuándo una acción se ajusta a la ley y cuándo podría exceder las potestades conferidas por la legislación.

¿En qué momento la DIGESETT está autorizada a detener un vehículo?

La Ley 63-17 confiere a los agentes de la DIGESETT la potestad de detener o revisar un vehículo si estiman que está siendo utilizado en contravención de la ley o sus reglamentos. Esta atribución forma parte de sus tareas de supervisión y manejo del tráfico. En la práctica, esto puede ocurrir cuando un oficial detecta una posible infracción, como sobrepasar el límite de velocidad, no respetar una señal de alto, manejar una motocicleta sin protección en la cabeza, usar un teléfono móvil mientras se conduce o cualquier otra práctica prohibida por la normativa. Si el conductor ignora la instrucción de detenerse, la ley también permite a la DIGESETT bloquear el paso del vehículo para impedir que continúe su trayecto. Sin embargo, dicha acción debe ejecutarse respetando las garantías establecidas por el Código Procesal Penal.

¿Qué documentos puede requerir un oficial?

Cuando una fiscalización se lleva a cabo dentro de las facultades reconocidas por la Ley 63-17, el agente puede solicitar la documentación necesaria para verificar que el conductor y el vehículo cumplen con los requisitos legales para circular. Entre los documentos que habitualmente pueden pedirse se incluyen: la licencia de conducir en vigor; la matrícula o el título de propiedad del automóvil; cualquier otro documento exigido por la reglamentación, según el tipo de vehículo o el servicio que ofrezca. La presentación de estos documentos permite constatar que el conductor está autorizado para manejar y que el vehículo circula conforme a la legislación.

La ley también impone responsabilidades a los agentes

Las facultades de la DIGESETT no son ilimitadas. La propia Ley 63-17 estipula que, durante una inspección, el agente debe identificarse con su credencial oficial, explicar la razón de la detención e informar cuál es la supuesta infracción que motivó la intervención. Además, todo lo acontecido debe quedar registrado en el acta correspondiente. Estas formalidades no son un mero trámite administrativo. Su propósito es asegurar que el conductor conozca las razones de la acción y pueda ejercer su derecho de defensa si considera que el procedimiento fue incorrecto.

¿Cuándo se le puede imponer una sanción?

Entre las transgresiones más comunes se encuentran exceder el límite de velocidad, ignorar las señales de tráfico, conducir sin licencia o no cumplir con cualquiera de las obligaciones establecidas en la legislación. La función del agente consiste en documentar la presunta infracción mediante un acta, la cual servirá como base para el proceso correspondiente.

¿Puede revisar, inmovilizar o remolcar un vehículo?

La Ley 63-17 autoriza a los agentes a inspeccionar un vehículo cuando consideren que está siendo utilizado en infracción de la ley. Sin embargo, esa facultad no concede permiso para actuaciones arbitrarias. Toda intervención debe realizarse respetando las garantías establecidas por el marco legal. En caso de que un conductor desatienda la orden de detenerse, la DIGESETT puede bloquear el paso del vehículo para hacer cumplir la disposición legal. Con respecto al remolque, la ley reconoce los servicios de grúa como parte del sistema de transporte terrestre, pero el artículo 22 no establece una potestad general para remolcar cualquier vehículo únicamente por haber cometido una infracción. Esa medida dependerá de los procedimientos previstos en la ley y de las circunstancias particulares de cada situación.

¿Cuándo estaría un agente actuando fuera de la Ley 63-17?

La Ley 63-17 no solo establece las competencias de la DIGESETT, sino también los límites que sus agentes deben respetar durante una fiscalización. Esto implica que una intervención no depende exclusivamente de la existencia de una supuesta infracción, sino también de que el procedimiento se realice conforme a la ley. Por ejemplo, el agente debe identificarse con su credencial oficial, informar el motivo de la detención y explicar cuál es la presunta infracción que atribuye al conductor. Además, esos detalles deben quedar registrados en el acta correspondiente. La propia legislación establece que, si el procedimiento se efectúa sin observar las garantías previstas por el Código Procesal Penal, el acta levantada carecerá de validez. Este requisito busca asegurar que toda acción de la autoridad pueda ser revisada y que el ciudadano tenga la posibilidad de ejercer su derecho de defensa.

¿Puede modificar el sentido de una calle o dirigir el tránsito?

Sí. La Ley 63-17 faculta a la DIGESETT a alterar temporalmente la circulación cuando las condiciones del tráfico lo demanden, como ocurre durante accidentes, obras en las vías, emergencias o eventos que impacten la movilidad. En tales circunstancias, un agente puede ordenar desvíos, cerrar una vía o cambiar temporalmente el sentido de circulación. Mientras dure la intervención, los conductores y peatones deben acatar esas instrucciones, aunque difieran de la señalización habitual.

¿Qué instrumentos puede emplear la DIGESETT?

La fiscalización no depende únicamente de la observación de los agentes. La ley también autoriza el uso de equipos aprobados por el Intrant para verificar ciertas infracciones. Entre ellos se encuentran los dispositivos para medir la velocidad, detectar la presencia de alcohol o sustancias ilícitas en los conductores y comprobar los niveles de contaminación. Estas herramientas buscan aportar elementos objetivos durante las inspecciones.

Cinco situaciones que suelen generar dudas

1. Un agente te detiene en un operativo

Si la fiscalización se realiza dentro de las facultades previstas por la Ley 63-17, el agente puede solicitar la licencia de conducir y la matrícula del vehículo para verificar que ambos cumplen con los requisitos legales.

2. No te explica por qué te detuvo

La ley obliga al agente a identificarse, informar el motivo de la detención y la presunta infracción. Si no lo hace, incumple una de las formalidades previstas para ese procedimiento.

3. Te ordena desviarte de la ruta habitual

Durante una emergencia o un operativo especial, la DIGESETT puede modificar temporalmente la circulación. En esos casos, las instrucciones del agente prevalecen mientras dure la intervención.

4. Intentas continuar la marcha

Si un conductor desobedece la orden de detenerse, la ley permite a la DIGESETT bloquear el paso del vehículo para hacer cumplir la disposición.

5. Consideras que la multa fue injusta

El hecho de recibir una infracción no impide que el conductor cuestione el procedimiento si entiende que no se respetaron las garantías establecidas por la ley.

Lo que todo conductor debería recordar

La Ley 63-17 otorga a la DIGESETT competencias para supervisar el tráfico, detener vehículos, solicitar documentos, imponer sanciones, dirigir la circulación e investigar incidentes. No obstante, esas atribuciones no son absolutas. Los agentes también están obligados a seguir un procedimiento que garantice la transparencia de la actuación y el respeto de los derechos del ciudadano. En la práctica, conocer estas reglas beneficia tanto a los conductores como a las autoridades. Permite colaborar durante una fiscalización cuando la acción se realiza conforme a la ley y, al mismo tiempo, identificar cuándo un procedimiento podría apartarse de las garantías que establece la propia normativa.