Roberto Rosario Márquez, exjuez electoral y miembro de la Fuerza del Pueblo, ha declarado que la reciente decisión del Tribunal Constitucional sobre un decreto de 2006 no anula las limitaciones vigentes para la venta de alcohol en colmados y otros establecimientos. Según Rosario, estas restricciones se basan en una resolución de 2022, la cual sigue plenamente activa. El exfuncionario instó a las autoridades a revocar dicha resolución por considerarla inconstitucional.
El líder de la Fuerza del Pueblo y antiguo presidente de la Junta Central Electoral (JCE), Roberto Rosario Márquez, afirmó que la reciente determinación del Tribunal Constitucional (TC) respecto al decreto de 2006, que regulaba los horarios de venta de bebidas alcohólicas, no suprime las limitaciones que actualmente rigen para colmados y otros tipos de negocios comerciales.
Rosario detalló que la decisión del alto tribunal se enfoca en el Decreto 308-06, promulgado durante la administración del expresidente Leonel Fernández, el cual establecía límites de tiempo para la comercialización de bebidas alcohólicas. Sin embargo, aseguró que esta disposición dejó de ser aplicada en la práctica a partir del 11 de abril de 2022, cuando los entonces ministros de Turismo, David Collado, y de Interior y Policía, Jesús Vázquez Martínez, emitieron la Resolución Especial 001-2022.
Según explicó, esta resolución impuso nuevas prohibiciones para colmados, colmadones, car wash, parques mecánicos, parques acuáticos y tiendas de licores, restringiendo la venta de bebidas alcohólicas a partir de la medianoche todos los días de la semana. Además, extendió hasta las 2:00 de la madrugada, de domingo a jueves, el horario permitido para discotecas, bares, clubes, restaurantes, centros de eventos, piano bar y casinos.
El exfuncionario sostuvo que la normativa de 2022 también prohibió la entrega a domicilio de bebidas alcohólicas durante los horarios restringidos, por lo que entiende que las limitaciones aplicadas actualmente se fundamentan en esa resolución y no en el decreto de 2006.
Rosario recordó que, en nombre de centenares de propietarios de colmados, presentó en 2022 un recurso ante el Tribunal Superior Administrativo (TSA) para solicitar la anulación de la resolución conjunta. Indicó que, aunque la demanda fue desestimada en primera instancia, la Suprema Corte de Justicia revocó esa decisión el 29 de agosto de 2025 y remitió el expediente al TSA, que aún no ha emitido un dictamen definitivo.
En ese contexto, consideró que la sentencia del Tribunal Constitucional no resuelve las inquietudes del sector comercial, ya que, a su juicio, las restricciones que afectan a colmados y otros establecimientos continúan en vigor bajo la resolución emitida durante el mandato del presidente Luis Abinader.
Por ello, Rosario informó que, en representación de los comerciantes que impulsan la acción judicial desde 2022, solicitó al ministro de Turismo, David Collado, y a la ministra de Interior y Policía, Faride Raful, dejar sin efecto la Resolución Especial 001-2022, al considerar que vulnera derechos fundamentales consagrados en la Constitución, en particular los establecidos en los artículos 50 y 74.