Este jueves, la Segunda Sala Penal de la Corte de Apelación del Distrito Nacional emitirá un fallo crucial sobre el recurso presentado contra la decisión de no ha lugar en el caso de Jean Andrés Pumarol Fernández. La resolución determinará si el imputado enfrentará un juicio por la muerte de Yolanda Handal Abugabir y las lesiones a otras cinco personas durante un incidente en el ensanche Naco, o si se mantiene la resolución inicial.
La Segunda Sala Penal de la Corte de Apelación del Distrito Nacional informará este jueves 6 de agosto su veredicto con respecto a la solicitud que busca anular la resolución de no ha lugar dictaminada a favor de Jean Andrés Pumarol Fernández. A Pumarol se le atribuye haber causado el fallecimiento de Yolanda Handal Abugabir y heridas a cinco individuos más durante un suceso violento en el ensanche Naco.
El tribunal establecerá si ratifica la determinación emitida en primera instancia o si ordena el inicio de un proceso judicial sustantivo contra Pumarol Fernández por los acontecimientos ocurridos el 23 de julio de 2025 en el condominio Naco Dorado IV.
El recurso de apelación fue interpuesto por el Ministerio Público y los representantes legales de la familia de Handal Abugabir. Ambas partes argumentan que existen pruebas suficientes para que el acusado sea llevado a juicio.
Según la acusación, Pumarol Fernández agredió con un arma blanca a varios residentes del edificio. Durante el incidente, Handal Abugabir, de 70 años, perdió la vida y otras cinco personas resultaron lesionadas, incluyendo al padre del imputado.
En marzo, el juez Deiby Timoteo Peguero, del Séptimo Juzgado de la Instrucción del Distrito Nacional, emitió una sentencia de no ha lugar. Esta decisión se basó en evaluaciones médicas que indicaron que Pumarol Fernández estaba experimentando un episodio psicótico en el momento de la agresión.
Posteriormente, el Ministerio Público anunció su intención de apelar la decisión, considerando que el tribunal había valorado de manera incorrecta los elementos presentados y que el caso debía ser remitido a un juicio de fondo.
La resolución de la Corte definirá si el procedimiento penal avanza ante un tribunal de fondo o si se confirma la resolución de no ha lugar previamente dictada en beneficio del imputado.