Un tribunal del Distrito Nacional ha ordenado tres meses de prisión preventiva para Wirme Manuel Geraldo, señalado por el Ministerio Público como el responsable del fallecimiento de su pareja, Yanely Yohanna Soto, en un suceso acontecido en el barrio San Carlos. La investigación preliminar detalla que el incidente tuvo lugar tras la jornada laboral de la víctima, culminando en agresiones que resultaron fatales. El imputado deberá cumplir la medida cautelar en el CCR Las Parras, mientras el proceso judicial sigue su curso.
La Oficina Judicial de Servicios de Atención Permanente del Distrito Nacional ha establecido una medida de tres meses de privación de libertad preventiva para Wirme Manuel Geraldo, a quien el Ministerio Público imputa la autoría del deceso de su compañera sentimental, Yanely Yohanna Soto, en un evento suscitado en la zona de San Carlos.
Según la pesquisa, el suceso ocurrió durante la noche del 6 de septiembre, cuando el acusado presuntamente se dirigió a una agencia de lotería donde trabajaba la occisa y aguardó a que concluyera su horario. Posteriormente, conforme al expediente, la habría atacado con un objeto contundente y se marchó del lugar, dejándola con heridas de gravedad.
La afectada fue hallada al día siguiente por una colega de trabajo, quien procedió a notificar al Sistema Nacional de Atención a Emergencias y Seguridad 9-1-1. Soto fue trasladada a un centro hospitalario y permaneció varios días ingresada en la unidad de cuidados intensivos, hasta su fallecimiento el 12 de septiembre debido a las lesiones sufridas.
El señalado fue detenido el 13 de septiembre, mediante una orden judicial. El Ministerio Público, a través de la Fiscalía del Distrito Nacional, afirma disponer de pruebas que lo vinculan con el hecho y solicitó la prisión preventiva al estimar la existencia de un riesgo de evasión.
Geraldo deberá cumplir la disposición en el Centro de Corrección y Rehabilitación (CCR) Las Parras, ubicado en San Antonio de Guerra. El juez Rigoberto Sena programó para el 17 de diciembre de 2026 la revisión obligatoria de la medida de coerción, mientras las autoridades prosiguen con el procedimiento legal.