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Mar, Nov

Caso Jean Alain: 21 controversias legales en disputa y la confrontación de la defensa con el tribunal

Nacionales
La audiencia en el proceso contra el exprocurador Jean Alain Rodríguez estuvo marcada por un tenso desacuerdo entre las defensas y el Segundo Tribunal Colegiado del Distrito Nacional. Las juezas optaron por aplazar la resolución de 21 incidentes para una fase posterior del juicio, lo que generó una controversia adicional sobre el plazo para impugnar esta decisión. Este escenario mantiene a las partes en una disputa sobre la gestión del procedimiento judicial.

En Santo Domingo, República Dominicana, la sesión del procedimiento judicial contra el exprocurador general de la República Jean Alain Rodríguez y otros coacusados se caracterizó por un choque entre los abogados defensores y el Segundo Tribunal Colegiado del Distrito Nacional. Esto ocurrió después de que las magistradas resolvieran reservar para una etapa subsiguiente del juicio la consideración de veintiún incidentes y, posteriormente, surgiera un conflicto respecto al período concedido para impugnar esa determinación. La jornada dejó pendientes dos cuestiones que concitan la atención de las partes: la decisión judicial de no dirimir en esta fase las argumentaciones presentadas por los letrados de los imputados y el desacuerdo de estos últimos con el lapso de tres días que se les otorgó inicialmente para recurrir la resolución.

El tribunal, compuesto por las juezas Clara Zobeida Castillo Jiménez, Yissel Soto Peña y Jarolyn Rosario, consideró que los incidentes demandan una evaluación más profunda de los elementos que conforman el expediente, por lo cual estimó que su debate debe tener lugar en la fase correspondiente del juicio. Esta determinación provocó reacciones de los representantes legales, quienes insistieron en que sus planteamientos debían ser respondidos y cuestionaron la forma en que las magistradas condujeron el procedimiento. Veintiún incidentes permanecen sin resolver en el caso Jean Alain.

Los veintiún incidentes incluyen objeciones a la obtención de pruebas documentales, testimoniales y digitales, así como a la legalidad de actuaciones procesales y peticiones de exclusión de evidencias. También se expusieron argumentos sobre la prescripción de los hechos, la presunta falta de precisión e individualización de las conductas atribuidas a los imputados, la atipicidad de algunas acciones y solicitudes de restitución de bienes muebles e inmuebles incorporados como pruebas materiales. Los abogados argumentan, entre otras cosas, que existen elementos cuya obtención o relación con los hechos imputados debe ser examinada por el tribunal. Sin embargo, las magistradas entendieron que para responder a estas argumentaciones es necesario analizar aspectos sustanciales del proceso, tales como la secuencia de los eventos, la manera en que se obtuvieron las pruebas admitidas mediante el auto de apertura a juicio, la individualización de las conductas y el origen y la titularidad de los bienes confiscados. Por esta razón, el tribunal resolvió aplazar el conocimiento de los incidentes para la etapa de fondo, amparándose en el artículo 210, párrafo II, del Código Procesal Penal. Las juezas aclararon que esta determinación no implica una vulneración de los derechos de los imputados ni del debido proceso, sino que obedece a la necesidad de examinar estos asuntos en el momento procesal que consideran apropiado.

La controversia no concluyó con la decisión sobre los incidentes. Las defensas también cuestionaron el período de tres días que el tribunal había fijado para impugnar la resolución. El abogado Manuel Sierra Pérez, quien representa a Alfredo Alexander Solano Augusto, interpuso uno de los recursos de oposición y argumentó que, dado que el proceso fue declarado complejo desde su primera audiencia, celebrada el 8 de julio de 2021, el plazo para recurrir debía ser de seis días y no de tres. Este planteamiento fue respaldado por otros representantes legales, entre ellos Carlos Balcácer, abogado de Jean Alain Rodríguez, quien también defendió que debía aplicarse el plazo correspondiente a los procesos considerados complejos.

Al examinar los recursos, el tribunal los declaró inadmisibles en cuanto a la forma, pero modificó parcialmente su decisión previa y dispuso que las partes puedan presentar oralmente los argumentos de sus recursos. Las magistradas explicaron que buscaron armonizar las disposiciones legales y constitucionales relativas al derecho de defensa y al debido proceso, citando los artículos 68, 69 y 74 de la Constitución, así como los artículos 423 y 424 del Código Procesal Penal. De esta forma, aunque las juezas mantuvieron su determinación sobre el procedimiento de los recursos, permitieron que los abogados expongan sus fundamentos de manera oral en la próxima audiencia, programada para el miércoles 4 de noviembre, a las 9:00 de la mañana.

Al manifestarse sobre la decisión, Carlos Balcácer expresó su desacuerdo con la actuación de las magistradas y la calificó de desafiante. “Ellas actúan de forma desafiante, como si fueran jueces de paz”, declaró el abogado, refiriéndose a la manera en que el tribunal respondió a los recursos presentados por las defensas. Balcácer insistió en que, por tratarse de un proceso complejo, correspondía otorgar seis días para recurrir la decisión, en lugar de los tres establecidos inicialmente.

Por su parte, Manuel Sierra Pérez consideró que las juezas actuaron por iniciativa propia al modificar parcialmente la resolución y disponer la presentación oral de los recursos, una decisión que interpretó como una represalia ante los planteamientos de los abogados. “Nosotros vamos a exigir, en el marco de lo que establece la legislación, una reclamación por ese comportamiento”, afirmó al ser consultado sobre las posibles consecuencias de lo ocurrido. Sierra Pérez reiteró que, a su entender, el plazo aplicable debía ser de seis días, debido a la complejidad del expediente.

El juicio tiene como principal encausado al exprocurador general de la República Jean Alain Rodríguez, junto a otros procesados por supuestas irregularidades cometidas durante su gestión al frente de la Procuraduría General de la República, entre 2016 y 2020. El Ministerio Público sostiene que durante ese período operó una red de corrupción administrativa que habría causado un perjuicio al Estado superior a los 6,000 millones de pesos dominicanos. La acusación incluye presuntos actos de corrupción vinculados con procesos de contratación, manejo de recursos públicos y otras operaciones dentro de la institución. Rodríguez ha negado las imputaciones y ha sostenido que el proceso responde a una persecución política. Las responsabilidades penales de los acusados deberán ser determinadas por el tribunal al concluir el juicio. Con los incidentes pendientes de evaluación y los recursos de las defensas a la espera de sus exposiciones orales, el proceso continuará el próximo miércoles 4 de noviembre, cuando las partes tendrán la oportunidad de presentar sus argumentos ante las magistradas.

La representación del Ministerio Público, encabezada por la procuradora de corte Mirna Ortiz, había solicitado que los veintiún incidentes fueran aplazados para ser resueltos conjuntamente con el fondo del proceso, al considerar que los planteamientos de las defensas no demostraban las irregularidades alegadas y que su discusión en esta etapa podía retrasar el desarrollo del juicio. Ortiz defendió la decisión del tribunal de conceder a las partes las garantías previstas en la ley y rechazó que las defensas dispusieran de un plazo extendido para presentar recursos de oposición contra una decisión adoptada durante la audiencia. La representante de la Procuraduría Especializada de Persecución de la Corrupción Administrativa argumentó que, al tratarse de una decisión pronunciada en audiencia sobre incidentes planteados y conocidos en esa misma sesión, el recurso debía presentarse allí, por lo que entendía que no correspondía aplicar los plazos reclamados por los abogados. “Las defensas están planteando aquí un recurso de oposición a una decisión que lo único que ha procurado es garantizar derechos”, expresó Ortiz. La funcionaria sostuvo que la postura del órgano acusador buscaba evitar que las discusiones incidentales siguieran prolongando el proceso y permitir que el tribunal avanzara hacia el conocimiento de los hechos contenidos en la acusación.