La legislación laboral española establece un derecho poco conocido para los trabajadores: la empresa tiene la obligación de conceder seis horas semanales retribuidas para la búsqueda de un nuevo empleo. Este permiso aplica desde la comunicación del despido objetivo hasta su efectividad, generalmente un periodo de preaviso de 15 días. Es crucial conocer este derecho, ya que las empresas no están obligadas a informarlo en la carta de despido.
Cuando una empresa notifica a un empleado su despido, tiene la obligación legal de proporcionarle seis horas semanales remuneradas para la búsqueda de un nuevo puesto de trabajo. Este es uno de los permisos retribuidos contemplados en la legislación laboral española, aunque a menudo es desconocido para muchos trabajadores. Es importante destacar que este derecho no es aplicable en cualquier momento, sino específicamente durante el periodo que transcurre desde la comunicación del despido hasta que este se hace efectivo, un plazo que debe ser de al menos 15 días.
El derecho a estas seis horas semanales para buscar empleo está recogido en el artículo 53.2 del Estatuto de los Trabajadores. Dicho artículo estipula que, en caso de un despido objetivo y siempre que la empresa conceda el preaviso legal de un mínimo de 15 días naturales, el trabajador debe disponer de seis horas retribuidas a la semana para dedicarlas a la búsqueda de un nuevo empleo.
Estas seis horas remuneradas deben destinarse exclusivamente a facilitar la búsqueda de un nuevo puesto. Durante este tiempo, el trabajador puede asistir a entrevistas de trabajo, participar en procesos de selección, entregar currículums o realizar gestiones en servicios públicos de empleo. La empresa está obligada a respetar este derecho, aunque no tiene la obligación de mencionarlo explícitamente en la carta de despido, lo que contribuye a que muchos empleados desconozcan su existencia. Si la empresa se niega a conceder el permiso o descuenta las horas utilizadas para estas gestiones del salario, el trabajador tiene derecho a presentar una reclamación y, en caso de no obtener respuesta, puede acudir al Juzgado de lo Social. Si la empresa vulnera sistemáticamente este derecho, la situación puede ser comunicada a la Inspección de Trabajo.
Para solicitar este permiso, el primer requisito indispensable es que la empresa haya comunicado el despido al trabajador. Estas horas para buscar empleo solo pueden utilizarse durante el periodo comprendido entre la comunicación del despido y la finalización de la relación laboral con la empresa, un periodo de preaviso que habitualmente es de 15 días. Otro requisito fundamental es que el despido sea de tipo objetivo. La diferencia con un despido disciplinario radica en que el despido objetivo no se debe a incumplimientos por parte del trabajador, sino a circunstancias que deben ser debidamente documentadas y acreditadas por la empresa para justificar la extinción del contrato. Entre las causas que pueden motivar un despido objetivo se encuentran razones técnicas, de producción, organizativas o económicas de la empresa. También se consideran despidos objetivos las situaciones de ineptitud sobrevenida o la falta de adaptación a determinados cambios en el puesto de trabajo, aunque en estos casos la empresa debe haber proporcionado previamente la formación necesaria y un tiempo razonable para la adaptación.
Antes de solicitar el permiso, la empresa debe cumplir con ciertos requisitos para formalizar el despido. En primer lugar, debe comunicar el despido por escrito, especificando claramente las causas e incluyendo la información necesaria para que el trabajador pueda evaluar si la decisión está justificada. Además, la empresa debe abonar la indemnización correspondiente, a menos que se acredite una falta de liquidez cuando las causas sean económicas. Junto a esto, el trabajador tiene derecho a percibir su finiquito.
Es precisamente en esta "ventana" de 15 días, entre la comunicación del despido y la fecha efectiva de cese, cuando el trabajador puede hacer uso de estas horas remuneradas para la búsqueda de empleo. Se recomienda que el trabajador presente por escrito la solicitud para disfrutar de estas horas, indicando los días y las franjas horarias en que tiene previsto utilizarlas. Asimismo, es aconsejable mantener un registro de las horas disfrutadas. La distribución de estas seis horas permite flexibilidad, siempre y cuando exista un acuerdo entre ambas partes. Pueden organizarse de diferentes maneras, e incluso acumularse para conformar un día completo dedicado a la búsqueda de empleo. En el caso de trabajos a media jornada o con menos horas laborales, el permiso deberá ser proporcional a las horas trabajadas.