El incremento constante en los precios de los alquileres residenciales genera inquietud entre numerosas familias, quienes destinan una porción creciente de sus ingresos a este gasto. El abogado inmobiliario Wilson González abordó el impacto de esta situación en los arrendatarios y detalló los recursos legales disponibles para salvaguardar sus derechos, enfatizando cómo el encarecimiento de las rentas afecta la economía familiar y la capacidad de ahorro.
Por Elmer Féliz. El aumento continuo de los arriendos de propiedades en la nación sigue siendo una preocupación para miles de hogares que dedican una porción cada vez mayor de sus recursos al pago de la renta. A raíz de un informe de N Digital, titulado “Alquileres de viviendas superan capacidad salarial del ciudadano promedio en RD”, el jurista especializado en bienes raíces Wilson González analizó el efecto de esta realidad en los arrendatarios y los mecanismos jurídicos que poseen para proteger sus intereses.
González mencionó que el incremento de los arriendos, provocado por la inflación y el encarecimiento del costo de vida, representa una “odisea” para quienes viven en régimen de alquiler, ya que los obliga a ajustar los presupuestos domésticos. “Cada persona que arrienda organiza sus finanzas según el sueldo que recibe y mensualmente debe destinar una cantidad considerable de dinero al alquiler. Cuando esa suma se eleva por encima de lo previsto, el impacto en el presupuesto familiar es significativo”, declaró.
El experto afirmó que esta situación afecta principalmente a los trabajadores con ingresos medios y bajos, quienes en muchos casos deben asignar una parte considerable de sus remuneraciones al pago de su hogar. A su parecer, el aumento de los precios de las rentas disminuye la capacidad de las familias para cubrir otras necesidades esenciales y restringe su margen de ahorro.
En lo referente al marco legal, González explicó que la Ley 85-25 sobre arriendos estipula que los acuerdos de arrendamiento de inmuebles solo pueden ser revisados una vez al año y que el aumento no debe exceder el 10 % anual. Indicó que cualquier incremento que supere dicho límite puede ser impugnado por el arrendatario a través de las instancias correspondientes, al considerarse una práctica que contraviene la regulación vigente.
El abogado también subrayó que la nueva legislación ha introducido modificaciones importantes en los procedimientos de desalojo, los cuales, según detalló, ahora se efectúan con mayor celeridad y eficacia cuando se cumplen las condiciones establecidas por la ley. No obstante, recalcó que tanto los dueños como los arrendatarios deben actuar conforme al debido proceso y acatar las disposiciones legales.
Como sugerencia, González instó a quienes tienen previsto arrendar una vivienda a inspeccionar meticulosamente el inmueble antes de firmar el contrato, verificando el estado de la fontanería, puertas, ventanas, armarios y demás instalaciones. De igual forma, aconsejó leer con atención cada cláusula del contrato, mantener los pagos al día y atender cualquier notificación judicial emitida por el propietario, con el fin de evitar contratiempos legales y ejercer oportunamente su prerrogativa a la defensa.