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Vie, Jul

Senador Antonio Taveras Impulsa Modificaciones al Código Penal para Fortalecer la Libertad de Expresión

Nacionales
El senador Antonio Taveras Guzmán ha presentado una propuesta para reformar el Código Penal, buscando reforzar la libertad de prensa y expresión en la República Dominicana. La iniciativa pretende adecuar los delitos contra el honor a estándares internacionales, reemplazando penas de prisión por sanciones civiles y eliminando medidas que podrían interpretarse como censura indirecta, con el fin de proteger a periodistas y medios de comunicación sin menoscabar la dignidad de las personas.

En Santo Domingo, el senador Antonio Taveras Guzmán ha reiterado la propuesta que presentó hace un mes ante el pleno del Senado. Esta busca modificar varios artículos del Código Penal con el objetivo de robustecer las garantías de libertad de expresión y de prensa. Además, se propone ajustar los delitos contra el honor a los principios de legalidad y proporcionalidad, para así resguardar a los medios de comunicación de sanciones desmedidas.

La iniciativa sugiere cambios en los artículos 208, 210 y 212, así como la anulación del artículo 310 del Código Penal. Esto se hace con la finalidad de alinear la legislación con los principios constitucionales y los parámetros internacionales sobre derechos fundamentales.

En lo concerniente al artículo 208, que trata sobre la difamación, el senador plantea que este delito se restrinja exclusivamente a la atribución de hechos que sean falsos, y que no incluya opiniones, críticas o valoraciones de naturaleza subjetiva. Igualmente, propone suprimir las penas de prisión de dos a cinco años y reemplazarlas por sanciones de carácter civil, las cuales consistirían en multas que oscilan entre dos y ocho salarios mínimos, además de medidas sociojudiciales.

Taveras explicó que la propuesta no tiene como fin eliminar la protección del honor de los individuos, sino evitar que la ley penal sea utilizada para restringir el debate público o para intimidar a ciudadanos, periodistas, comunicadores y medios de comunicación por ejercer su derecho a opinar. De manera similar, se mantiene el derecho de la persona afectada a solicitar la correspondiente indemnización por los perjuicios ocasionados.

Con respecto al artículo 210, relacionado con la injuria, la iniciativa establece que este tipo de expresiones, dada su naturaleza subjetiva, no deben ser castigadas con sanciones penales severas. En su lugar, se proponen multas y reparación civil, lo que permitiría un equilibrio entre la protección de la dignidad personal y la libertad de expresión.

En cuanto al artículo 212, la propuesta rechaza explícitamente la posibilidad de imponer el cierre de medios de comunicación, la suspensión de sus operaciones o la incautación de equipos como consecuencia de estos delitos. Se considera que tales medidas constituyen mecanismos de censura indirecta que son incompatibles con una sociedad democrática. En caso de que se establezca alguna responsabilidad para un medio de comunicación, esta deberá ser estrictamente de carácter civil.

El legislador también sugiere la derogación del artículo 310, el cual se refiere al ultraje a funcionarios públicos. Su argumento es que quienes desempeñan funciones públicas deben estar sujetos a un mayor nivel de escrutinio ciudadano y a una mayor tolerancia frente a las críticas, debido al impacto colectivo de sus decisiones.

“Esta reforma no busca debilitar la protección del honor ni permitir abusos en la comunicación pública. Su objetivo es establecer un equilibrio constitucional que resguarde la dignidad de las personas sin convertir el derecho penal en una herramienta para limitar la crítica, la prensa libre y la participación ciudadana”, afirmó el senador Antonio Taveras.