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Lun, Ago

Tribunal Superior Administrativo Anula Concesión Minera de Falcondo Tras Casi Siete Décadas

Nacionales
El Tribunal Superior Administrativo (TSA) ha resuelto la cancelación de los acuerdos de concesión minera entre el Estado dominicano y Falconbridge Dominicana, S.A. (Falcondo). Esta determinación pone fin a una relación contractual de casi setenta años concerniente a la concesión Quisqueya I, localizada entre las provincias de La Vega y Monseñor Nouel, debido a reiterados incumplimientos por parte de la empresa minera.

En Santo Domingo, el Tribunal Superior Administrativo (TSA) ha procedido a invalidar los acuerdos de concesión minera que existían entre el Estado dominicano y Falconbridge Dominicana, S.A. (Falcondo). Esta acción concluye una vinculación contractual de casi siete décadas respecto a la concesión Quisqueya I, situada en las provincias La Vega y Monseñor Nouel. La resolución fue dictada por la Segunda Sala del TSA, presidida por el Magistrado Antonio O. Sánchez Mejía, junto a los jueces Úrsula J. Carrasco Márquez y Edward A. Abreu, mediante la sentencia número 0030-03-2026-SSEN-00332, con fecha del 12 de agosto de 2026, y afecta los contratos firmados el 24 de diciembre de 1956 y el 26 de septiembre de 1969.

El dictamen responde a una demanda presentada en julio de 2025 por el Fondo Patrimonial de las Empresas Reformadas (FONPER), en representación del Estado dominicano. La acción se inició tras detectarse infracciones relacionadas con la explotación de los yacimientos, obligaciones financieras y laborales, entre otras, además de la falta de presentación de los informes técnicos exigidos por la normativa minera.

Entre los factores que el tribunal sopesó para emitir su fallo definitivo a favor del Estado dominicano, se incluye que las actividades productivas de Quisqueya I estaban suspendidas desde el 17 de noviembre de 2023, según una certificación de la Dirección General de Minería. También se consideró que Falcondo no había entregado los informes semestrales de avance correspondientes a los años 2023, 2024 y 2025, ni los informes anuales de operaciones de 2023 y 2024.

Para el TSA, estas omisiones impactan responsabilidades fundamentales directamente ligadas al objetivo de la concesión: la explotación efectiva de los recursos mineros concedidos por el Estado y la obligación de mantener a las autoridades informadas sobre su desarrollo. La sentencia estipula, además, que la inactividad de la concesión repercutía en el interés general que acompaña la explotación de los recursos mineros del país, motivo por el cual el tribunal consideró suficientemente serias las infracciones demostradas para justificar la terminación de los acuerdos.

Con su decisión, el TSA también desestimó los argumentos mediante los cuales las empresas demandadas buscaban que la acción fuera declarada inadmisible. Esta resolución marca un momento crucial en una relación contractual que se inició en 1956 y que abarcaba una concesión de 22,392 hectáreas en Quisqueya I.

Un cierre abrupto con impacto laboral y económico

La finalización de los contratos se produce en un contexto caracterizado por la interrupción repentina de las operaciones de la compañía. Tras la paralización de noviembre de 2023, la empresa entró en una fase de cuidado y mantenimiento sin implementar un plan de cierre organizado. Esta situación llevó al despido de su personal y al incumplimiento de compromisos con trabajadores, contratistas y proveedores locales.

En 2024, más de 900 empleados fueron desvinculados y recibieron sus prestaciones laborales gracias a la intervención del FONPER, en representación del Estado dominicano. Un grupo adicional de exempleados, cuyos contratos finalizaron en marzo de 2026, mantiene reclamaciones laborales pendientes que, según sus portavoces, ascienden a unos RD$300 millones.

La concesión llegó a generar más de mil empleos directos y, según estimaciones de la Cámara de Comercio y Producción de Monseñor Nouel, miles de personas adicionales vinculadas a contratistas, proveedores y actividades indirectas se vieron afectadas por la paralización. A esto se suma una cartera de obligaciones pendientes con más de un centenar de empresas contratistas y proveedoras de la zona, cuyo monto ha sido estimado por los propios acreedores en más de cien millones de dólares. La paralización también provocó una significativa reducción en la circulación de efectivo en la provincia Monseñor Nouel, según ha señalado el sector empresarial local.

En su memoria anual correspondiente al año 2025, el FONPER describió la situación de la minera por la gravedad de su insolvencia, el cese abrupto de operaciones, el incumplimiento de obligaciones laborales, el impacto en las comunidades locales y los riesgos asociados a la conservación de activos estratégicos.

Un proceso paralelo e independiente

De forma independiente a esta decisión, que se limita a la terminación de los contratos asociados a la concesión minera, continúa su curso el proceso de reestructuración mercantil al que se encuentra sometida la empresa, bajo el amparo de la Ley número 141-15 de Reestructuración y Liquidación de Empresas y Personas Físicas Comerciantes. Este proceso fue iniciado a instancias de los acreedores de la empresa, quienes buscan que la compañía responda por sus obligaciones y pasivos pendientes. Se trata de un procedimiento separado, con un objetivo y alcance distintos a la decisión adoptada por el TSA, por lo que deberá continuar su trámite ante la jurisdicción correspondiente hasta que se determine la situación de las acreencias reclamadas. En el proceso resuelto por el TSA, el Estado dominicano estuvo representado por el FONPER y recibió asistencia legal de los abogados Eric Raful Pérez y Lilia Fernández León, de la firma León & Raful.