26
Mié, Ago

La JCE Detalla los Requisitos para Establecer una Organización Política en República Dominicana

Nacionales
La Junta Central Electoral (JCE) ha emitido una aclaración sobre los criterios necesarios para fundar una organización política en la República Dominicana. La Ley 33-18 establece una serie de obligaciones legales, territoriales, estructurales y económicas que van más allá del simple apoyo de la ciudadanía. El organismo electoral busca orientar a los interesados en el proceso de reconocimiento oficial.

Establecer una entidad política en la República Dominicana exige más que solo congregar adherentes o simpatizantes, dado que la Ley 33-18 sobre Partidos, Agrupaciones y Movimientos Políticos impone una serie de condiciones legales, geográficas, organizacionales y económicas para lograr la aprobación oficial. Así lo comunicó la Junta Central Electoral (JCE) en un comunicado, donde explicó que las agrupaciones que aspiren a ser reconocidas deben poseer una configuración formal que se ajusta según el ámbito territorial en el cual pretendan operar: nacional, provincial o municipal.

Dentro de los elementos considerados, se encuentran las estipulaciones relacionadas con la utilización de emblemas, denominaciones y estatutos, componentes que deben alinearse con las pautas fijadas para este tipo de formaciones políticas. Otra de las exigencias importantes es la recopilación y posterior certificación del dos por ciento de firmas, como parte del procedimiento mediante el cual los impulsores deben comprobar el respaldo indispensable para pedir el reconocimiento.

La JCE también subraya la necesidad de disponer de una sede física y directivas operativas, de modo que la entidad pueda evidenciar que posee una estructura formal para llevar a cabo sus labores políticas. A esto se agregan los requerimientos conectados con el presupuesto y la planificación financiera, así como el acatamiento de los plazos fijados en el calendario electoral, aspectos que son parte del procedimiento de reconocimiento.

La explicación de la JCE tiene como propósito guiar a quienes tienen la intención de formar una entidad política y resaltar que la aprobación oficial implica cumplir con una serie de condiciones previamente establecidas por la legislación electoral. En ese sentido, la autoridad electoral instó a considerar los requisitos legales y administrativos antes de iniciar el proceso de constitución de un partido político, agrupación o movimiento político en el país.