El Tribunal Superior Administrativo (TSA) ha ratificado una sanción económica de más de dos millones de pesos a la clínica Dr. Abel González. Esta multa, impuesta por la Superintendencia de Salud y Riesgos Laborales (SISALRIL), se debe a la negación de atención de emergencia a dos pacientes afectados por el colapso del techo de la discoteca Jet Set. La resolución subraya la obligación de los centros médicos de brindar asistencia inmediata, independientemente de la cobertura del seguro.
El Tribunal Superior Administrativo (TSA) ha validado la sanción de RD$2,189,154.08 impuesta por la Superintendencia de Salud y Riesgos Laborales (SISALRIL) al Centro de Medicina Avanzada Dr. Abel González. La penalización se originó por no asegurar la asistencia de emergencia a dos personas afiliadas que resultaron lesionadas durante el derrumbe del techo en la discoteca Jet Set. Esta determinación se encuentra en la sentencia número 0030-04-2026-SSEN-00282, emitida el 22 de mayo de 2026, donde la Tercera Sala del TSA desestimó la apelación del centro hospitalario y confirmó la multa impuesta por la SISALRIL el 13 de agosto de 2025.
El procedimiento comenzó tras las quejas de Franklin Alberto Rodríguez Garabitos y Luis Thomás Graveley Hernández, quienes se dirigieron a la Dirección General de Información y Defensa de los Afiliados a la Seguridad Social (DIDA) para reportar lo sucedido y solicitar representación legal. Según la investigación, la SISALRIL inspeccionó la institución médica, entrevistó a los pacientes y revisó los documentos y registros pertinentes. Las indagaciones revelaron que la clínica no registró la llegada de los afectados y les comunicó que no aceptaban su plan de salud, en lugar de coordinar la cobertura con la administradora de riesgos de salud (ARS).
Ante el tribunal, la clínica argumentó que no había reclamos directos de los afiliados. Sin embargo, el TSA desestimó este argumento al considerar que la DIDA tiene la facultad, conforme a la Ley 87-01, modificada por la Ley 13-20, para recibir quejas y darles seguimiento. El tribunal también dictaminó que la SISALRIL actuó dentro de sus atribuciones legales y que el centro médico no pudo refutar los hallazgos de la investigación.
Además de la multa económica, la resolución de sanción instruyó a la clínica a presentar un plan de medidas correctivas y a capacitar a su personal sobre las regulaciones del Seguro Familiar de Salud. El director general de la DIDA, Elías Báez, resaltó la colaboración entre las entidades participantes y reiteró que los afiliados deben recibir atención de urgencia sin que la verificación de la cobertura con la ARS se convierta en un impedimento. Báez aconsejó a las personas que enfrenten dificultades para acceder a los servicios de salud a presentar sus quejas ante la DIDA, la cual ofrece acompañamiento durante todo el proceso.