Estados Unidos implementará una nueva exigencia para todos los viajeros aéreos que ingresen a su territorio, incluyendo aquellos procedentes de República Dominicana. A partir del 3 de noviembre de 2026, los pasajeros deberán firmar un documento que confirme su ausencia de la República Democrática del Congo en los 21 días previos al viaje. Esta medida busca prevenir la diseminación del ébola y será obligatoria para todos los vuelos con destino a EE. UU.
A partir del 3 de noviembre de 2026, Estados Unidos requerirá a todas las personas que viajen en avión hacia su territorio desde cualquier país extranjero la firma de una certificación. En este documento, los viajeros deberán asegurar no haber permanecido en la República Democrática del Congo durante los veintiún días anteriores a su partida, como parte de los esfuerzos para mitigar el riesgo de dispersión del ébola. Esta normativa entrará en vigor a las 11:59 de la noche, hora estándar del este de Estados Unidos, y se aplicará a todos los vuelos que partan hacia ese país desde ese momento.
La medida fue establecida por los Centros para el Control y la Prevención de Enfermedades (CDC), a través de una orden emitida el 22 de octubre y actualizada el 28 de octubre. La certificación, conocida en inglés como 'attestation', es un documento firmado donde el viajero confirma la veracidad de la información proporcionada. La implementación de esta exigencia se basa en motivos de salud pública y considera que el período de incubación del ébola puede extenderse hasta veintiún días.
¿A quiénes se aplicará esta nueva exigencia? La disposición abarca a todas las personas que aborden vuelos internacionales con destino a Estados Unidos, sin importar su nacionalidad o condición migratoria. Entre los viajeros afectados se encuentran ciudadanos estadounidenses, residentes permanentes con tarjeta de residencia (Green Card), extranjeros que ingresen al país y pasajeros que utilicen Estados Unidos como escala hacia otro destino. El requisito también incluye vuelos comerciales, aeronaves privadas y otras operaciones de aviación, incluso los vuelos originarios de aeropuertos extranjeros que poseen controles migratorios estadounidenses antes del embarque.
¿Cómo deben presentar esta certificación? Los pasajeros deberán completar y firmar el documento, ya sea en formato físico o digital, antes de abordar el avión. Las aerolíneas y los operadores aéreos tendrán la responsabilidad de verificar que cada persona haya entregado la declaración correspondiente. Aquellos que no cumplan con este requisito no podrán abordar el vuelo con destino a Estados Unidos, a menos que cuenten con una exención autorizada por el Gobierno estadounidense. Las compañías aéreas también deberán guardar una copia de cada declaración por un mínimo de 42 días después de la llegada del vuelo y entregarla a las autoridades federales cuando estas lo soliciten.
¿Qué sucede con los menores de edad? Los menores de dieciocho años no tendrán que completar el trámite por sí mismos. Un padre, una madre, un tutor u otro representante autorizado podrá firmar la certificación en su nombre. Esta disposición también contempla a las personas que, debido a su edad, alguna discapacidad u otras limitaciones, no puedan llenar el documento por sí mismas. En tales situaciones, un representante autorizado podrá llevar a cabo el procedimiento.
¿Habrá sanciones por entregar información falsa? Las personas que proporcionen de manera intencional datos falsos o engañosos en la certificación podrían enfrentar procesos judiciales, multas y otras penalizaciones penales, de acuerdo con la legislación federal estadounidense. La orden establece excepciones específicas, incluyendo ciertos traslados médicos de individuos con ébola aprobados por el Gobierno y los casos en que las autoridades concedan una exención por razones humanitarias u otras consideraciones gubernamentales importantes. La disposición se aplica al transporte aéreo y no a los cruces fronterizos terrestres ni a las llegadas por vía marítima. Los viajeros deben consultar con su aerolínea cómo se efectuará la presentación de la declaración antes del embarque.