El Tribunal Supremo de España ha dictaminado la suspensión cautelar de la inscripción en el censo electoral de miles de ciudadanos que adquirieron la nacionalidad española a través de la "ley de nietos". Esta medida, motivada por un recurso de partidos de ultraderecha, genera incertidumbre sobre su participación en las elecciones de 2027. La decisión, aunque provisional, busca garantizar la transparencia electoral y ha provocado reacciones diversas en el panorama político español.
El Tribunal Supremo de España ha resuelto la suspensión de forma precautoria la inclusión en el registro de votantes de miles de personas que obtuvieron la ciudadanía española mediante la denominada “ley de nietos”, una determinación que plantea interrogantes sobre su participación en las próximas elecciones generales programadas para el año 2027. La resolución, emitida este martes, es una respuesta a una apelación presentada por las agrupaciones de ultraderecha Vox e Iustitia Europa, quienes cuestionan la aplicación de la Ley de Memoria Democrática, promulgada en octubre de 2022. El tribunal considera que permitir el registro de estos ciudadanos en el censo electoral representa un “riesgo fundamentado, real y grave” que podría impactar la “objetividad y claridad” del proceso de votación. Sin embargo, esta medida no constituye una resolución definitiva, sino una disposición cautelar mientras el Tribunal Supremo examina el fondo de la apelación.
¿A quiénes afecta?
La conocida “ley de nietos” facilita a ciertos descendientes de españoles que se exiliaron durante la Guerra Civil y la dictadura franquista solicitar la nacionalidad española. Desde su promulgación, un gran número de individuos, principalmente en Latinoamérica, han utilizado esta vía para conseguir la ciudadanía española. Conforme a los datos oficiales más recientes, hasta el 31 de mayo pasado se habían recibido 2.4 millones de solicitudes de nacionalidad bajo el amparo de esta normativa. De este total, 333,696 personas ya estaban registradas en el censo electoral de extranjeros, mientras que otras 238,065 habían obtenido la nacionalidad y se encontraban en proceso de incorporarse al registro electoral, según cifras divulgadas por El País. El veredicto afecta a quienes ya figuran o están gestionando su inclusión en el Censo Electoral de Residentes Ausentes (CERA), donde se encuentran los españoles que residen fuera del país.
¿Por qué el Supremo suspendió el voto?
La impugnación de Vox e Iustitia Europa objeta un acuerdo de julio de la Junta Electoral Central (JEC), que se negó a pronunciarse sobre las implicaciones electorales de la Ley de Memoria Democrática. El Tribunal Supremo argumenta que la inscripción de los nacionalizados bajo una interpretación extensiva de la ley podría modificar el censo electoral y comprometer la transparencia del proceso. El tribunal establece que, para ejercer el derecho al voto bajo esta suposición, los beneficiarios deben demostrar que son hijos o nietos de personas nacidas fuera de España que originalmente eran españolas y que padecieron el exilio por motivos políticos, ideológicos, religiosos o vinculados a su orientación o identidad sexual, entre otros requisitos estipulados en la normativa. Este criterio choca con las directrices emitidas por el Ministerio de Justicia en 2022, cuando se definió cómo debía aplicarse la Ley de Memoria Democrática. En aquellas instrucciones se indicaba que no era imprescindible acreditar individualmente la condición de exiliado en ciertos casos. Incluso se establecía una presunción para los españoles que abandonaron el país entre el 18 de julio de 1936 y el 31 de diciembre de 1955. El Supremo considera que esa interpretación amplia habría contribuido al aumento del CERA y sostiene que “no parece ajustarse” al contenido de la propia ley.
Sánchez critica la decisión
El presidente del Gobierno español, Pedro Sánchez, cuestionó la determinación judicial y acusó al Partido Popular y a la ultraderecha de restringir el derecho al voto de ciudadanos españoles. “El Partido Popular y la ultraderecha cercenan el derecho al voto de miles y miles de ciudadanos españoles”, afirmó. Sánchez sostuvo que su Gobierno no quiere “ciudadanos de primera y de segunda”, sino ciudadanos “todos de primera, con los mismos derechos”. El mandatario también solicitó al Tribunal Supremo que resuelva el caso con celeridad para evitar que la suspensión se prolongue y genere incertidumbre entre los afectados.
Vox celebra el fallo
Mientras el Gobierno criticaba la decisión, Vox la recibió como un triunfo político. La portavoz de la formación en el Congreso, Pepa Millán, aseguró que el tribunal había suspendido los efectos electorales de la llamada ley de nietos y lo que calificó como un intento de manipulación del censo de cara a las próximas elecciones. Millán sostuvo que su partido logró detener lo que considera un intento del Gobierno de Sánchez de “adulterar el censo”. El Partido Popular también ha reclamado protagonismo político tras la decisión judicial.
Preocupación entre los beneficiarios
La medida ha suscitado inquietud entre los ciudadanos que obtuvieron la nacionalidad española a través de la Ley de Memoria Democrática o que aún están en proceso de tramitación. Felipe Gómez, nacionalizado español por esta normativa y nieto de una republicana exiliada en México en 1939, expresó a El País su preocupación por la decisión. Consideró que la controversia podría incluso llevar a algunos afectados a movilizarse para defender su derecho al voto. “Yo prevería que antes de las elecciones esto se haya resuelto conforme a la ley”, dijo. Gómez cuestionó que un Estado democrático establezca diferencias entre ciudadanos en función de la vía mediante la cual obtuvieron la nacionalidad. La chilena Antonia Álvarez, quien tramita su nacionalidad española, también criticó la decisión. “Esto, claramente, afectará a muchas personas que debieran tener este derecho como ciudadanos, los que la obtuvieron y los que estamos en trámite”, afirmó a la prensa española. Para Álvarez, la medida genera una sensación de rechazo entre quienes buscan convertirse en ciudadanos españoles.
Una decisión todavía provisional
El Tribunal Supremo dejó claro que la suspensión es cautelar y temporal, mientras prosigue el proceso judicial sobre el fondo de la controversia. Por ahora, quienes estén incluidos en los supuestos afectados deberán esperar a que el tribunal determine si la interpretación de la Ley de Memoria Democrática utilizada para ampliar el acceso a la nacionalidad y al censo electoral se ajusta a la legislación española. La decisión final será determinante para miles de ciudadanos naturalizados, muchos de ellos residentes en América Latina, que esperaban ejercer por primera vez su derecho al voto en unas elecciones generales españolas.