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Vie, Jul

Abinader mantiene sanciones penales para ciertos delitos contra la libertad de expresión en el Código Penal

Nacionales
El presidente Luis Abinader ha decidido conservar las sanciones penales para algunos delitos vinculados a la libertad de expresión, a pesar de las peticiones de diversos grupos para su eliminación. Esta determinación se incluye en las 18 enmiendas presentadas al proyecto del nuevo Código Penal, abarcando la difusión de contenido privado y la difamación, aunque con ciertas modificaciones en su aplicación y penas.

El presidente Luis Abinader ha resuelto conservar las penalizaciones para ciertos actos relacionados con la libertad de expresión, dentro de las dieciocho modificaciones entregadas al proyecto del nuevo Código Penal, pese a las solicitudes de diversos sectores para suprimir el castigo penal en estas situaciones. Así lo informó Elmer Féliz.

Entre las observaciones remitidas al Senado, el Poder Ejecutivo sugiere mantener el artículo 192, que sanciona la divulgación de audios o imágenes sin permiso cuando estos pertenezcan al ámbito privado o exista una expectativa razonable de intimidad. La propuesta establece condenas que oscilan entre quince días y un año de prisión, además de multas de nueve a quince salarios mínimos del sector público.

Aunque el Gobierno introduce cambios para delimitar el alcance de este delito, mantiene la penalización. La modificación busca precisar que solo será castigada la difusión de contenido obtenido en espacios privados o bajo condiciones de confidencialidad, excluyendo otras circunstancias. Asimismo, elimina la sanción cuando el contenido falso haya sido elaborado mediante montajes.

Respecto a la difamación, el Poder Ejecutivo propone reducir las penas de prisión contempladas en el artículo 208, pasando de dos a cinco años a uno a dos años, e incorpora una exclusión para las expresiones difundidas a través de medios de comunicación, plataformas de streaming y el ciberespacio.

Adicionalmente, el artículo 211 añade que no constituirán difamación ni injuria las opiniones, críticas o expresiones relacionadas con actos de corrupción, políticas públicas, función pública, servicios públicos o asuntos de interés público, siempre que estén sustentadas en elementos probatorios o hayan sido objeto de una verificación razonable de la información.

La permanencia de sanciones penales por hechos vinculados a la libertad de expresión contrasta con las peticiones formuladas por organizaciones como la Sociedad Dominicana de Diarios (SDD) y otros sectores de la sociedad civil, que han abogado por eliminar las penas de prisión para estos delitos y sustituirlas por mecanismos de naturaleza civil.

Las propuestas del Poder Ejecutivo serán estudiadas por una comisión bicameral especial del Congreso Nacional, junto a otras iniciativas legislativas y las observaciones presentadas por distintos sectores. El proceso de consulta pública permanecerá abierto hasta el 15 de julio, fecha límite para que ciudadanos e instituciones presenten sus recomendaciones sobre el proyecto del nuevo Código Penal.