El abogado Miguel Valerio, representando a la familia Handal, ha expresado su inquietud por la situación de Jean André Pumarol, quien permanece en un centro psiquiátrico externo a la prisión. Valerio sostiene que el proceso judicial previo ya había determinado el peligro que Pumarol representa y que el sistema penitenciario cuenta con instalaciones adecuadas para casos similares. La familia de la víctima espera la revocación de la decisión inicial y la apertura de un juicio de fondo.
El representante legal de la familia Handal, Miguel Valerio, manifestó su desacuerdo este jueves con la situación de Jean André Pumarol, quien se encuentra hospitalizado en una institución psiquiátrica ajena al sistema carcelario. Valerio argumenta que, conforme a lo establecido durante el procedimiento judicial, Pumarol fue declarado como un riesgo. El letrado enfatizó que la entidad donde se halla el acusado es responsable de su vigilancia y reiteró que los parientes de la persona fallecida confían en que la Segunda Sala de la Corte de Apelación del Distrito Nacional anulará la resolución de no ha lugar emitida en primera instancia, ordenando la apertura de un juicio en el fondo del asunto.
“Estamos esperando que se haga justicia y que vaya a un juicio de fondo”, declaró Valerio, recordando que este miércoles se conmemoró un año del fallecimiento de Yolanda Handal Abugabir.
Valerio aclaró que Pumarol no estaba obligado a presentarse en la audiencia de apelación, dado que había sido beneficiado con una resolución de no ha lugar en la primera instancia, una decisión que fue impugnada por la familia de la víctima. El abogado insistió en que el imputado debe comparecer ante un tribunal de fondo y sostuvo que, durante ese proceso, tendrá la oportunidad de presentar los argumentos que estime convenientes para su defensa.
Cuestiona manejo del caso
Valerio también aseveró que el sistema penitenciario dominicano posee unidades psiquiátricas diseñadas para atender a reclusos con problemas de salud mental, por lo que considera que este debió ser el procedimiento aplicado en esta situación. A su parecer, mantener al acusado en un centro psiquiátrico fuera del ámbito penitenciario constituye una excepción, ya que en otros casos personas en condiciones semejantes han permanecido recluidas en áreas especializadas dentro de las prisiones.
Asimismo, desmintió las afirmaciones de que al imputado se le denegara el acceso a medicamentos mientras estuvo bajo custodia. Explicó que el sistema penitenciario permite la administración de tratamientos cuando estos son recetados por personal médico y afirmó que solo una valoración especializada que determine la imposibilidad de recibir atención dentro de la cárcel justificaría su traslado a un centro de salud externo.