El abogado Miguel Valerio, en representación de la familia de Yolanda Handal Abugabir, ha reiterado su convicción de que Jean André Pumarol debe enfrentar un juicio de fondo. Valerio argumenta que existen pruebas suficientes para que un tribunal examine el caso del ataque ocurrido en julio de 2025 en el ensanche Naco, enfatizando la necesidad de que prevalezca la justicia y se revoque la decisión inicial de no ha lugar.
El licenciado Miguel Valerio, quien defiende los intereses de los parientes de Yolanda Handal Abugabir, declaró este jueves que Jean André Pumarol debería ser remitido a un juicio sustantivo por el incidente ocurrido en un complejo residencial del ensanche Naco en julio de 2025. Su argumento se basa en la existencia de elementos fácticos que requieren ser dirimidos por una instancia judicial. “Nosotros aguardamos que se imparta justicia, y la justicia demanda que él comparezca ante un tribunal de fondo para que exponga sus alegatos, porque es innegable que él provocó ese deceso”, manifestó.
Previo a la sesión donde la Segunda Sala de la Corte de Apelación del Distrito Nacional revisaría la impugnación contra la resolución de no ha lugar emitida a favor del acusado, Valerio afirmó que la familia confía en que la determinación de primera instancia sea anulada.
El letrado recordó que este jueves se conmemora un año del fallecimiento de Yolanda Handal Abugabir, por lo que calificó la fecha como particularmente dolorosa para sus allegados. “Hoy se cumple un año del deceso de la señora Handal, lo que implica que es un día muy difícil para la familia”, expresó.
Valerio también puso en tela de juicio que la resolución judicial se fundamentara en un presunto trastorno psiquiátrico del imputado. Según su aseveración, el dictamen pericial realizado durante el proceso no corroboró dicha condición. “La evaluación pericial tampoco certificó que él presentara problemas psiquiátricos”, sostuvo. Añadió que, incluso si existiera una condición de salud mental, la normativa legal prevé mecanismos para asegurar el tratamiento del acusado sin que ello impida la continuación del procedimiento judicial. “La Ley de Salud Mental, si fuera el caso, establece claramente que el juez puede ordenar su internamiento, bajo control, en un centro psiquiátrico”, indicó.
Respecto a la inasistencia de Jean André Pumarol a la audiencia, Valerio explicó que el imputado no tiene la obligación de presentarse debido a que fue favorecido con una decisión de no ha lugar en la etapa inicial. “Él no está obligado a asistir porque se le concedió un auto de no ha lugar en primera instancia, una decisión que nadie comprendió y por eso nosotros interpusimos una apelación. Hoy esperamos que sea enviado a juicio”, afirmó.
El abogado también argumentó que el manejo del caso ha diferido del aplicado en otros procesos donde los imputados padecen condiciones de salud mental. “Cuando se presenta una situación así, el individuo es trasladado a un pabellón psiquiátrico. Este ha sido una excepción a la norma”, señaló. Asimismo, desmintió las aseveraciones de que al imputado se le negara el acceso a medicamentos mientras permanecía bajo custodia. “Nadie restringe el derecho a la salud. Si un tratamiento puede administrarse en prisión, se administra. A nadie en este país se le prohíbe el ingreso de sus medicinas. Eso es falso”, aseguró.
La Segunda Sala de la Corte de Apelación del Distrito Nacional está revisando este jueves el recurso presentado por los familiares de las víctimas, con el objetivo de revocar el auto de no ha lugar emitido por el juez Deivy Timoteo Peguero, del Séptimo Juzgado de la Instrucción del Distrito Nacional, quien concluyó que el imputado actuó bajo un episodio psicótico al momento de los hechos.