La organización Dignidad Jurídica ha solicitado al Segundo Tribunal Colegiado del Distrito Nacional que apruebe la extinción del proceso penal contra el exprocurador Jean Alain Rodríguez. La entidad argumenta que el procedimiento ha superado el plazo máximo establecido por la ley, acercándose a los seis años desde el inicio de la investigación, sin que existan decisiones judiciales que atribuyan dilaciones al imputado. Consideran que esta es una decisión crucial para el sistema de justicia dominicano.
La Corriente Gremial Dignidad Jurídica declaró este viernes que el Segundo Tribunal Colegiado del Distrito Nacional debería aceptar la petición de extinción de la acción penal presentada por los representantes legales del exprocurador general de la República, Jean Alain Rodríguez, ya que el proceso ha sobrepasado el lapso máximo de duración fijado por la legislación.
Leonardo Reynoso, presidente de la organización, informó que la solicitud fue entregada por la defensa el pasado miércoles y recordó que la continuación de la audiencia se programó para el próximo lunes 27 de julio, a las 9:00 de la mañana. Además, extendió una invitación a la comunidad jurídica para asistir como observadores al desarrollo de la sesión.
Reynoso indicó que el asunto va más allá de la situación particular del exfuncionario y plantea una decisión con implicaciones institucionales para el sistema de justicia. Explicó que el artículo 150 del Código Procesal Penal establece la extinción de la acción penal cuando un proceso excede el período máximo legal de cuatro años, siempre que no exista una resolución judicial que atribuya al acusado maniobras dilatorias que justifiquen su prolongación.
Conforme a su afirmación, el expediente supera con creces este límite, al aproximarse a los seis años desde el comienzo de la investigación, y aseguró que no hay ninguna decisión judicial que responsabilice a Jean Alain Rodríguez por retrasos procesales que permitan extender el plazo previsto por la normativa.
El líder de Dignidad Jurídica señaló que, según datos oficiales del Poder Judicial, entre 2014 y 2025, los tribunales dominicanos admitieron 22,645 solicitudes de extinción de la acción penal, mientras que 2,769 fueron denegadas o consideradas inadmisibles. Por ello, considera que es un mecanismo habitual de protección de las garantías procesales.
Asimismo, argumentó que el vencimiento del plazo no se debió a acciones atribuibles a la defensa, sino a supuestas deficiencias institucionales durante la etapa de investigación y acusación. Como ejemplo, mencionó una investigación que se extendió por casi dos años, una acusación de más de 12,000 páginas y más de 3,000 pruebas, la entrega de un disco duro defectuoso que, según afirmó, demoró el proceso aproximadamente un año, además de la alegada entrega tardía de evidencias y el presunto incumplimiento de resoluciones judiciales que ordenaban su entrega.
El Consejo Directivo de Dignidad Jurídica sostuvo que la jurisprudencia nacional e internacional reconoce el derecho a ser juzgado en un lapso razonable como una garantía fundamental del debido proceso. Por lo tanto, entiende que las fallas o demoras atribuibles al Estado no deben traducirse en una prolongación indefinida de la persecución penal.
Finalmente, Reynoso aseveró que aceptar la solicitud de extinción no representa una declaración sobre la culpabilidad o inocencia de Jean Alain Rodríguez, sino la aplicación de las garantías procesales y del Estado de derecho. Añadió que en la conferencia de prensa participaron más de 35 abogados miembros de la Dirección Nacional de la Corriente Gremial Dignidad Jurídica.