La Cámara de Cuentas de la República Dominicana ha concluido una auditoría al Ministerio de Educación, abarcando el período de agosto de 2020 a agosto de 2022. El informe detalla errores significativos en el registro contable de compras de equipos informáticos, sumando más de 7.7 millones de pesos, lo que afecta la fiabilidad de la información financiera del ministerio. Aunque el exministro atribuyó las fallas a limitaciones del personal, la Cámara mantiene sus observaciones.
La Cámara de Cuentas de la República llevó a cabo una fiscalización en el Ministerio de Educación, que comprendió desde el 17 de agosto de 2020 hasta el 3 de agosto de 2022. Durante esta revisión, se identificaron operaciones con inexactitudes en la inscripción y categorización de los desembolsos relacionados con la adquisición de dispositivos electrónicos.
El informe de la investigación señaló que esta situación impactó la veracidad de la presentación de los datos financieros por un monto total de RD$7,764,370. Esto se debió a que tales gastos fueron clasificados bajo la cuenta 2.6.1.3 de Equipos de tecnología de la información y comunicación, conforme a la naturaleza del desembolso, cuando en realidad debieron haberse imputado a la cuenta 2.6.1.1 de Muebles, equipos de oficina y estantería.
Frente a este hallazgo, el entonces ministro de Educación, Roberto Fulcar, atribuyó la equivocación a deficiencias técnicas del personal encargado de la contabilidad y aseguró que ya había sido subsanado. No obstante, la Cámara de Cuentas mantuvo su postura, argumentando que la documentación entregada no refutaba la inadecuada asignación presupuestaria y, por lo tanto, el señalamiento persistió.
Ante esta situación, el exministro de Educación, Roberto Fulcar, afirmó que la anomalía fue detectada y corregida de manera oportuna, explicando que se originó por la falta de conocimientos técnicos especializados del equipo contable, así como por criterios operativos aplicados durante el proceso de registro y clasificación del gasto público. Sin embargo, la Cámara de Cuentas reiteró que los documentos presentados no enmendaban el error: “la condición observada se mantiene en los mismos términos expresados en el informe, ya que la evidencia proporcionada no invalida la incorrecta asignación presupuestaria identificada”.
A raíz de esta irregularidad, la Cámara de Cuentas estableció una consideración legal que implica el incumplimiento de las Normas de Contabilidad Aplicables al Sector Público, las cuales fueron adaptadas por la Dirección General de Contabilidad Gubernamental (Digecog), específicamente en las Normas Fundamentales de Contabilidad, entre las que se mencionan Registro e Imputación Presupuestaria y Uniformidad.
Por estas razones, los principales funcionarios y servidores públicos de la entidad fiscalizada asumen su responsabilidad administrativa por acción u omisión, conforme a lo establecido en los artículos 47 y 54 de la Ley n.º 10-04, con fecha 20 de enero del año 2004.