Un tribunal de Puerto Plata ha sentenciado a veinte años de cárcel a un individuo declarado culpable de agredir sexualmente a una mujer en el municipio de Sosúa durante el año 2022. El agresor, identificado como Wilfrido Ramos, también conocido como Junior o el Mello, será recluido en el Centro de Corrección y Rehabilitación San Felipe. Este fallo se basó en las contundentes pruebas presentadas por el Ministerio Público, que evidenciaron la violencia y el robo cometidos contra la víctima.
SANTO DOMINGO (República Dominicana).- Tras evaluar las evidencias presentadas por la Fiscalía, una sala judicial del distrito de Puerto Plata impuso una pena de veinte años de reclusión a un hombre encontrado responsable de agredir sexualmente a una joven en la localidad de Sosúa, provincia de Puerto Plata, en el año 2022.
El imputado, Wilfrido Ramos (alias Junior o el Mello), cumplirá su condena en el Centro de Corrección y Rehabilitación (CCR) San Felipe, ubicado en Puerto Plata. Ramos atacó a la mujer de 33 años con un arma punzocortante y luego la violentó sexualmente, bajo amenazas de muerte. Después, sustrajo las pertenencias de la víctima.
Las indagaciones fueron dirigidas por la fiscal Dilsia Taveras, perteneciente a la Unidad de Atención a Víctimas de Violencia de Género, Intrafamiliar y Delitos Sexuales de la Fiscalía de Puerto Plata, quien recolectó las pruebas que permitieron establecer la participación del sentenciado en los hechos. Durante la detención, se incautó el arma blanca tipo sevillana empleada para perpetrar los actos delictivos.
El fiscal litigante Jesús Ernesto Valenzuela fundamentó la acusación con diversas pruebas periciales, documentales, testimoniales, ilustrativas y materiales que corroboraron la versión de la afectada y demostraron la culpabilidad del acusado más allá de cualquier duda razonable. La resolución fue emitida por un Tribunal Colegiado Ad-hoc (establecido para tal fin), presidido por el juez José Antonio Núñez, aceptando las pruebas expuestas por el Ministerio Público, las cuales evidenciaron de forma irrefutable la responsabilidad penal del encausado.
Ramos fue declarado culpable de infringir las disposiciones del artículo 331 del Código Penal Dominicano, modificado por la Ley 24-97, que tipifica y sanciona la agresión sexual. Durante el proceso judicial, el Ministerio Público demostró que el condenado engañó a la víctima con una oferta de empleo. Sin embargo, la llevó a una zona apartada y boscosa de la calle Alta Vista, en el sector Los Cerros de Sosúa, donde procedió a atacarla violentamente.
Las pruebas establecieron que Ramos agredió a la víctima con un cuchillo tipo sevillana, causándole múltiples heridas. Según el informe médico emitido por el Instituto Nacional de Ciencias Forenses (Inacif), la joven presentaba varias heridas cortantes suturadas en la región retroauricular izquierda, en ambos senos, en la zona cervical derecha, además de laceraciones y una herida en el antebrazo izquierdo.
Después de provocarle las lesiones, el agresor despojó a la mujer de su teléfono móvil y le exigió dinero en efectivo, mientras la amenazaba de muerte con el arma blanca. Posteriormente, la violentó sexualmente y luego huyó a bordo de una motocicleta.