20
Jue, Ago

Expertos Legales y Legislador Confirman Cumplimiento de Requisitos para el Director del INTRANT

Nacionales
Juristas y un representante legislativo afirman que el mayor general retirado Juan Manuel Méndez García satisface las condiciones legales para ocupar el puesto de director ejecutivo del Instituto Nacional de Tránsito y Transporte Terrestre (INTRANT). Esta postura surge en respuesta a las objeciones levantadas sobre su nombramiento y la inminente presentación de una apelación ante el Tribunal Superior Administrativo (TSA), destacando su experiencia y formación académica.

Varios expertos en derecho y un congresista argumentan que el mayor general retirado Juan Manuel Méndez García cumple con las estipulaciones necesarias para desempeñarse como director ejecutivo del Instituto Nacional de Tránsito y Transporte Terrestre (INTRANT). Estas afirmaciones surgen ante las dudas planteadas sobre su designación y el anuncio de una acción legal ante el Tribunal Superior Administrativo (TSA).

El artículo 13 de la Ley 63-17 de Movilidad, Transporte Terrestre, Tránsito y Seguridad Vial establece que para ocupar la dirección ejecutiva del INTRANT se requiere ser ciudadano dominicano, estar en pleno ejercicio de los derechos civiles y políticos, y poseer un título universitario o equivalente, “preferentemente con capacitación técnica en el sector”. Méndez García se retiró de la carrera militar en 2020, posee una licenciatura en Derecho y cuenta con más de veinte años de trayectoria en dirección, planificación y coordinación interinstitucional dentro del servicio público.

Al comentar sobre el alcance de esta disposición, la abogada Susana Gautreau de Windt, a través de una publicación en sus plataformas digitales, indicó que Méndez ejerce plenamente sus derechos civiles y políticos y posee la formación universitaria requerida. En cuanto a la frase “preferentemente con capacitación técnica en el sector”, Gautreau de Windt sostuvo que la experiencia técnica demostrada puede cumplir con los requerimientos de formación, de acuerdo con los criterios establecidos por los tribunales.

En la misma línea, el letrado y portavoz del bloque de diputados del Partido Revolucionario Moderno (PRM), Amado Díaz, aclaró que el término “preferentemente” no constituye una obligación de carácter imperativo. “La palabra ‘preferentemente’ introduce una sugerencia o criterio de conveniencia, no un mandato obligatorio. Señala lo deseable o ideal, pero no convierte esa conducta en una exigencia legal cuyo incumplimiento, por sí solo, genere inevitablemente una consecuencia jurídica”, afirmó Díaz.

Méndez fue nombrado por el presidente Luis Abinader mediante el Decreto 551-26, después de estar al frente del Centro de Operaciones de Emergencias (COE) durante más de dos décadas, desde donde dirigió la coordinación de la respuesta nacional ante situaciones de emergencia y desastre.