Dieciséis años después de su implementación, la Ley Antitabaco en España ha sido actualizada con cambios significativos. Entre las novedades, se equiparan los cigarrillos electrónicos y las bolsas de nicotina al tabaco tradicional, extendiendo las prohibiciones de consumo a nuevos espacios públicos. Además, se establece la prohibición de fumar y vapear en vehículos de uso profesional, como taxis y VTC, con multas de 200 euros por incumplimiento.
Dieciséis años después, la Ley Antitabaco se ha actualizado tras años de especulaciones. Esta modificación introduce cambios sustanciales, como la equiparación de los vapeadores con el cigarrillo tradicional. También incorpora regulaciones que afectan la movilidad, prohibiendo fumar o vapear al volante en casos muy específicos.
La prohibición ha sido acordada por el Gobierno mediante la actualización de la Ley Antitabaco, aprobada en Consejo de Ministros, que confirma cuatro grandes modificaciones:
Se equiparan los vapeadores y los cigarrillos, lo que implica que ambos productos estarán prohibidos en los mismos espacios. Las bolsas de nicotina también se igualan en regulación.
Se prohíbe el consumo por parte de menores, mientras que antes solo estaba prohibida la venta a menores.
Se prohíbe el consumo de vapeadores y cigarrillos en nuevos espacios o en aquellos que carecían de una regulación nacional homogénea, como terrazas, andenes o piscinas, entre otros.
Efectivamente, fumar o vapear en el coche también estará prohibido, aunque únicamente en aquellos vehículos que se utilizan en el ámbito profesional. Esto significa que la prohibición aplicará a taxis, vehículos con licencia VTC y coches compartidos de empresa.
La prohibición solo es efectiva cuando estos vehículos prestan un servicio de transporte de viajeros. No se aplica si el vehículo profesional es conducido siempre por la misma persona. Es decir, en un taxi o un VTC no se podrá fumar ni vapear. Tampoco en un vehículo para el transporte de mercancías donde los trabajadores roten, pero no habrá problema si el vehículo es de uso exclusivo de una sola persona.
La multa por incurrir en alguna de las infracciones mencionadas será de 200 euros. En el caso de una infracción en el automóvil, esto equivaldría a una sanción por una falta grave.
Es importante tener en cuenta que esta sanción está impuesta por la Ley Antitabaco en situaciones muy específicas. No se penaliza el acto de fumar en el coche en general, sino fumar en ciertos vehículos concretos, por lo que no se esperan cambios en la Ley de Tráfico en este aspecto.
Esto significa que no se anticipan modificaciones en la Ley de Tráfico que puedan resultar en la detracción de puntos.
El tema de fumar en el coche ha sido motivo de controversia durante años. En 2022, se actualizaron las sanciones por tirar una colilla desde el vehículo, elevando la multa hasta los 500 euros. Sin embargo, ninguna normativa especifica expresamente la prohibición de fumar al volante.
Durante años, se ha rumoreado la posibilidad de prohibir completamente esta actividad o limitarla cuando haya menores en el interior. No obstante, las multas se han restringido a aquellas que pueden imponerse por no mantener la atención al volante o por no poder controlar el coche en todo momento. Ambos supuestos están recogidos en los artículos 10.2 y 13.2 de la Ley de Tráfico.
Estos artículos se utilizan como base para imponer sanciones leves de 80 euros. Esta medida puede aplicarse a todo tipo de situaciones debido a la definición difusa del texto, abarcando desde beber agua o comer hasta manejar la radio mientras el vehículo está en marcha.