La querella por presunta difamación e injuria interpuesta por el abogado Carlos Balcácer contra Mirna Ortiz, directora de PEPCA, culminó esta semana con un llamado general a priorizar el diálogo sobre los litigios judiciales. La Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia aceptó el desistimiento de la acusación, declarando extinguida la acción penal y destacando el valor de la solución consensuada entre las partes.
La sesión judicial que puso fin a la denuncia por supuesta difamación e injuria presentada por el jurista Carlos Balcácer en contra de Mirna Ortiz, quien dirige la Procuraduría Especializada de Persecución de la Corrupción Administrativa (PEPCA), finalizó esta semana con un mensaje compartido tanto por el tribunal como por los implicados: es preferible el entendimiento mutuo a los procesos legales.
Antes de que la Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia admitiera la renuncia a la acusación y declarara la extinción de la acción penal, Ortiz tomó la palabra para revelar el momento más impactante de todo el proceso. Manifestó que no le sorprendió ser acusada, ya que cualquier ciudadano puede enfrentar una imputación, sino que esta procediera de alguien a quien consideraba un amigo.
“Me asombró enormemente cuando recibí en mi oficina la citación a una audiencia… porque esa acusación viniera del doctor Carlos Balcácer, una persona que en ese momento, y que creo que todavía es así, considero un amigo”, afirmó.
La procuradora también aseguró que el desistimiento no altera su convicción de que nunca cometió ningún delito y sostuvo que, de haberse analizado el fondo del asunto, el desenlace habría sido idéntico.
“De ninguna manera mi persona cometió transgresión alguna a tipo penal y, por tanto, la decisión resultante de este proceso, de haberse llegado al juicio de fondo, debió haber sido una absolución, simple y sencillamente porque los hechos de los cuales se me acusaron jamás ocurrieron”, aseveró.
Al emitir su veredicto, el tribunal no solo aceptó el desistimiento y ordenó el archivo definitivo del expediente, sino que también realzó la trascendencia del acuerdo alcanzado entre los intervinientes. Los magistrados recordaron que previamente habían propiciado un acercamiento para facilitar una resolución al conflicto y felicitaron a ambas partes por haber optado por una salida pactada, subrayando que este tipo de consensos fortalece la administración de justicia al evitar pleitos que pueden resolverse mediante el diálogo.
Con esta determinación, quedó extinguida la acción penal iniciada por Balcácer contra Ortiz y se programó para el próximo 4 de agosto la lectura completa de la sentencia.
El abogado Carlos Balcácer, quien había presentado la querella por presunta difamación e injuria contra Ortiz, comunicó al tribunal su resolución de no continuar con la acusación, concluyendo así el proceso.
A través de su representante legal, Pedro Germán, solicitó que se aceptara el desistimiento, señalando que ya no tenía interés en proseguir con el caso y pidió que los costos fueran compensados. Tras esta intervención, la Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia acogió el desistimiento, declaró extinguida la acción penal y ordenó el archivo definitivo del expediente.
Al dictar su fallo, el tribunal subrayó el valor del pacto logrado entre las partes.
Antes de finalizar la audiencia, el presidente de la Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia enfatizó que la labor del abogado ha sido, desde tiempos remotos, una de las más honorables y esenciales para la justicia, al tiempo que valoró el rol de las partes por haber encontrado una solución al conflicto.
“La función de abogado… ha sido considerada tan noble como la virtud y tan necesaria como la justicia”, expresó el magistrado, quien, además, felicitó a Carlos Balcácer y a Mirna Ortiz por alcanzar una solución consensuada, al considerar que este tipo de acuerdos contribuye al fortalecimiento del sistema judicial y evita litigios que pueden resolverse mediante el diálogo.