07
Sáb, Nov

Ministerio Público Apelará Reducción de Penas en el Caso 'Operación Gavilán'

Nacionales
El Ministerio Público ha anunciado que presentará un recurso de casación ante la Suprema Corte de Justicia. Esta acción busca revertir la decisión de la Tercera Sala de la Cámara Penal de la Corte de Apelación del Distrito Nacional, que redujo las sentencias de varios individuos involucrados en la red criminal 'Operación Gavilán'. Dicha red está acusada de manipular registros de antecedentes penales en las bases de datos de la institución.

En Santo Domingo, el Ministerio Público planea interponer un recurso de casación ante el máximo tribunal de justicia, la Suprema Corte de Justicia (SCJ). Dicho recurso se dirigirá contra la resolución judicial que modificó las sanciones impuestas a diversos miembros de la organización delictiva descubierta a través de la 'Operación Gavilán', señalada por borrar y cambiar los historiales de antecedentes penales de cientos de individuos en los sistemas de información de la entidad.

La parte acusadora informó que impugnará la determinación de la Tercera Sala de la Cámara Penal de la Corte de Apelación del Distrito Nacional, compuesta por los jueces Daneira García Castillo, July Tamariz y Pedro Nolasco. El Ministerio Público sostiene que esta sala realizó una interpretación jurídica incorrecta al revisar las apelaciones presentadas por las defensas de los acusados.

Inicialmente, el Cuarto Tribunal Colegiado del Distrito Nacional había dictado condenas de diez años de reclusión y multas equivalentes a cien salarios mínimos del sector público para Pilar Yrenes Medina Trinidad de Dotel, José Ramón Quezada Carmona y Víctor Gilberto Mercedes Gómez. Esa misma pena fue impuesta a Luis Peña Cedeño, quien también fue inhabilitado para ocupar cargos públicos durante un lustro.

Sin embargo, la corte de apelación alteró estas sentencias. A Peña Cedeño se le asignaron dos años de confinamiento domiciliario, mientras que Medina Trinidad y Quezada Carmona recibieron cinco años de privación de libertad, estructurados en tres años de arresto en su domicilio y dos años suspendidos condicionalmente, siempre que cumplan ciertas condiciones.

Entre las estipulaciones para Medina Trinidad y Quezada Carmona se encuentran residir en la dirección declarada ante el tribunal, informar cualquier cambio de domicilio al juez de ejecución de la condena y abstenerse de viajar al extranjero, así como de poseer o portar armas. El incumplimiento de estas normas significaría la ejecución completa del periodo de prisión suspendido. Ambos también deberán abonar multas por el valor de cien salarios mínimos del sector público. En el caso de Peña Cedeño, la penalidad económica se estableció en RD$40,000.

La resolución de la corte también aceptó la apelación de Víctor Gilberto Mercedes Gómez y ordenó su liberación, exonerándolo de cualquier responsabilidad penal.

Otros condenados en el caso

Durante el proceso judicial, se validaron acuerdos que resultaron en condenas para otros implicados. Mártires Rosario Reyes fue sentenciado a siete años de cárcel, distribuidos en tres años y seis meses de reclusión domiciliaria y el resto en suspensión. Alfredo Mirambeaux recibió ocho años, de los cuales seis deberá cumplir bajo arresto domiciliario y dos quedaron en suspensión.

Por su parte, Rubén Darío Morban y Luis Alfredo Astacio Polanco fueron condenados a seis años, divididos en tres años de arresto domiciliario y tres suspendidos. Domingo Julio Santana recibió cinco años, bajo un esquema de cumplimiento que combina la prisión en su hogar y una suspensión condicional.

Los sentenciados también fueron sancionados con multas equivalentes a cinco salarios mínimos del sector público, según los acuerdos homologados y las disposiciones del Código Procesal Penal.

En cuanto a la compañía Nexcon Technology, el tribunal decretó su disolución definitiva, conforme a lo establecido en la Ley 155-17 sobre Lavado de Activos y Financiamiento del Terrorismo. Asimismo, se aplicaron criterios de oportunidad a favor de Jancely Arias López, Ashley Darleni Morbán Reyes y Laudelina Esther Reyes Silva. Por otro lado, Dilcia Argentina Núñez Santos, Romanqui Alexander Dotel Medina y Yokaira Quezada Carmona fueron absueltos, con las costas declaradas de oficio.

Cómo funcionaba la red delictiva

Según la acusación presentada por el Ministerio Público, la estructura criminal operaba utilizando métodos informáticos fraudulentos para ingresar ilegalmente a las bases de datos de la Procuraduría General de la República y alterar, modificar o eliminar registros de antecedentes penales de ciudadanos.

La investigación reveló que estas acciones se llevaban a cabo a cambio de retribuciones económicas, mediante pagos en efectivo, depósitos y transferencias bancarias, así como la aceptación de sobornos por parte de los involucrados. La finalidad era borrar expedientes y antecedentes penales, además de cambiar restricciones de salida, para favorecer a individuos interesados en limpiar su historial judicial.

El Ministerio Público afirmó que estas actividades permitieron a algunos beneficiarios eludir los controles de las autoridades, obtener documentos y pasaportes, y sortear los filtros migratorios y fronterizos del país.

Durante el juicio, el ente acusador presentó testimonios, informes periciales informáticos y financieros, pruebas audiovisuales, documentos oficiales y evidencias digitales para demostrar la participación de los procesados en la organización delictiva. La institución consideró que las pruebas confirmaron la existencia de una red dedicada al cibercrimen y la corrupción, cuyas operaciones pusieron en riesgo la seguridad jurídica y el funcionamiento del sistema de justicia dominicano.